La resolución final consigna otro número de proceso
· hace 1 año
El cuerpo y la agenda identifican el procedimiento como PEPU-2025-0002, pero el primer resolutivo aprueba la convocatoria bajo el número PEPU-2025-0001. La diferencia requiere verificar a qué expediente quedó vinculada la aprobación y la publicación; el documento por sí solo no permite determinar si es un error material.
“"... de referencia No. Hosp. Reid Cabral-CCC-PEPU-2025-0002, convocado para la CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE SUMINISTRO DE GASES MÉDICOS DE LOS EQUIPOS YA EXISTENTES EN USO POR EL HOSPITAL PEDIÁTRICO DR. ROBERT REID CABRAL." … "RESUELVE PRIM”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 13 · Reglamento 416-23, art. 31 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 13 — Actos administrativos
Artículo 13. Actos administrativos. Todas las actuaciones que se realicen en el procedimiento de selección serán formalizadas mediante actos administrativos que deberán estar debidamente motivados. En consecuencia, además de aquellas previstas en el artículo 15 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, de manera enunciativa y no limitativa, aplicarán para: 1) La decisión de suspender el procedimiento en alguna etapa o en su globalidad. 2) La respuesta a los recursos o las solicitudes de investigación recibidas. 3) La aplicación de sanciones a los servidores públicos. Párrafo I. Los actos administrativos, y todos los documentos que componen el expediente administrativo, podrán ser firmados…
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →