Enmienda relaja 5 controles del pliego
· hace 23 días
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se debilita el control de medición y exigibilidad de los SLA al permitir excluir períodos de espera.; Se reduce la disponibilidad en línea y la capacidad de búsqueda histórica, controles útiles para auditoría e investigación.; La preservación formal y los procedimientos de cadena de custodia quedan condicionados a una necesidad posterior, en vez de ser controles generales definidos desde la oferta.; La capacidad se valida después de la adjudicación y no se fija una prueba ni un nivel universal de recuperación al comparar ofertas.; Se elimina la obligatoriedad de verificar cada uno de los tres mecanismos de identificación y control, aunque se mantiene la exigencia de capacidad equivalente..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
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