Ministerio de Educación
Reiteración de compras menores de servicios de eventos
· hace 1 añoRD$1.8 millones
El acta adjudica RD$1,846,700.00, mientras que el portal registra un contrato modificado y pagos por RD$2,308,375: una diferencia de RD$461,675, equivalente al 25%. Las modificaciones de contratos de servicios pueden admitirse bajo condiciones y justificación; corresponde verificar el acto, la motivación y que se mantuviera el objeto contratado.
“por un monto de un millón ochocientos cuarenta y seis mil setecientos pesos dominicanos con 00/100 (RD$1,846,700.00)” — Acta de adjudicacion - CM 0152.pdf, página 2
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Ley 340-06, artículo 31
ART. 31. La entidad contratante tendrá las facultades y obligaciones establecidas en esta ley, sin perjuicio de las que estuvieren previstas en otra legislación y en sus reglamentos, en los pliegos de condiciones, o en la documentación contractual. Especialmente tendrá: 1) El derecho de interpretar administrativamente los contratos y de resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, el Organo Rector emitirá la opinión definitiva; 2) Podrá modificar, disminuir o aumentar hasta un veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original de la obra, siempre y cuando se mantenga el objeto, cuando se presenten circunstancias que fueron imprevisibles en el momento de iniciarse el proceso de…
Reglamento 416-23, artículo 179 — Potestad de modificación de los contratos y órdenes de compra o servicios
Artículo 179. Potestad de modificación de los contratos y órdenes de compra o servicios. Los contratos y las órdenes de compra o de servicio podrán ser modificados de manera unilateral, como ejercicio de la facultad prevista en la ley, o por mutuo acuerdo y por las causas previamente establecidas en el pliego de condiciones. en ambos casos, siempre y cuando se mantenga el objeto de la contratación, se trate de circunstancias que fueron imprevisibles en el momento de iniciarse el procedimiento de selección y esa sea la única forma de satisfacer plenamente el interés general. Párrafo. Para las causas previstas en el pliego de condiciones se deberá establecer de manera detallada, clara,…
Reglamento 416-23, artículo 181 — Procedimiento para la modificación del contrato
Artículo 181. Procedimiento para la modificación del contrato. La modificación del contrato se realizará agotando la forma y plazo establecidos en el pliego de condiciones. Cuando estas sean ambiguas o no se haya establecido un procedimiento, será el siguiente: 1. La institución contratante realizará un informe pericial en el cual se indique de manera detallada la causa que da lugar a la modificación. 2. La institución contratante notificará por escrito al contratista la intención de modificar el contrato u orden de compra o servicio, exponiendo de manera detallada y debidamente motivada la causa que la justifica, así como el informe pericial que avale la intención. 3. El proveedor tendrá…
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Una señal es un motivo para mirar, no una conclusión: describe hechos verificables de fuentes oficiales.
En qué documentos se basa esta señal y dónde verificarla en la fuente oficial.
El acta del 2 de junio de 2025 adjudica a Winpe Group, SRL el lote único del proceso MINERD-DAF-CM-2025-0152 por RD$1,846,700.00. Registra que SMO Mujeres Industriales, SRL no cumplió credenciales ni presentó ficha técnica, y que Grupo To Do, SRL no cumplió la evaluación económica por exceder el umbral indicado; ordena notificar el resultado y publicar el acta en el SECP.
| Oferente | Resultado en el acta | Lote o grupo | Monto |
|---|---|---|---|
| Winpe Group, SRLCumplió las especificaciones técnicas y económicas del lote único. | Adjudicado | Lote único | RD$1,846,700 |
| Grupo To Do, SRLLa evaluación económica lo registra como no conforme porque su oferta supera en más de 10% el umbral tope para la modalidad. | No habilitado | Lote único | RD$2,511,864 |
| SMO Mujeres Industriales, SRLNo cumplió DGII ni TSS, no subsanó credenciales y no presentó la ficha técnica requerida. | No habilitado | Lote único | RD$1,542,260 |
| Oferente | Oferta | Entregada | Resultado |
|---|---|---|---|
| GRUPO TO DO, SRL | RD$2,511,864 | 27 may de 2025 | Pendiente |
| Winpe Group, SRL | RD$1,846,700 | 29 may de 2025 | Pendiente |
| SMO Mujeres Industriales, SRL | RD$1,542,260 | 26 may de 2025 | Pendiente |
| Adjudicatario | Monto | Adjudicado | Estado |
|---|---|---|---|
| Winpe Group, SRL | RD$2,308,375 | 4 jun de 2025 | Modificado · contrato |
Ministerio de Educación
· hace 1 añoRD$1.8 millones
Ministerio de Educación
· hace 1 añoRD$2.5 millones
Ministerio de Educación
· hace 1 añoRD$1.9 millones
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona