Corporación de Acueducto y Alcantarillado de Santiago
Cláusula general permite no rechazar por falta de formularios estándar
· hace 14 días
El pliego impide que participen simultáneamente empresas que compartan algún socio, aunque sean personas jurídicas distintas. La prohibición legal de multiplicidad de participación se refiere a la misma persona oferente y a integrantes de consorcios; la regla del pliego amplía la restricción y puede reducir la competencia.
“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identidad de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.” — PLIEGO EQUIPOS PESADOS CP.pdf
Ley 47-25, artículo 36 — Prohibición de multiplicidad de participación
Artículo 36.- Prohibición de multiplicidad de participación. Se prohíbe la multiplicidad de participación de una misma persona, ya sea física o jurídica, en un mismo procedimiento de contratación. Párrafo.- Las personas físicas o jurídicas que formasen parte de un consorcio no podrán presentar otras ofertas en forma individual o como integrante de otro consorcio, siempre que se tratare del mismo procedimiento de contratación.
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
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Una señal es un motivo para mirar, no una conclusión: describe hechos verificables de fuentes oficiales.
En qué documentos se basa esta señal y dónde verificarla en la fuente oficial.
El pliego de CORAASAN establece una contratación simplificada de servicios de alquiler de equipos pesados, con presupuesto referencial de RD$6,079,500 y convocatoria del 30 de septiembre de 2026. La contratación comprende cuatro ítems y prevé adjudicación por ítem al menor precio entre las ofertas habilitadas; el servicio duraría un año o hasta agotar el monto contractual. El documento también fija requisitos de participación, garantías, evaluación y condiciones de pago.
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
· hace 14 díasRD$6.1 millones
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