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Ventana de extensión de puja más estrecha que la prevista
· hace 6 meses
El pliego configura la puja por porcentaje sobre el total de la lista, pero también indica que el rango mínimo de mejora aplica por cada ítem. Esa combinación deja incierto cómo se determina la validez de un lance en una subasta que prohíbe ofertas parciales.
“Para este procedimiento el tipo de puja a utilizarse por porcentaje % para el total de la lista de los bienes subastados. … Los lances deberán realizarse contemplando el rango mínimo de mejora de la oferta por cada ítem en el que le interes” — SNCC.P.066 Pliego Estandar de subasta inversa SI-2026-0011 version 2.pdf, página 45
Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación
Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →
Una señal es un motivo para mirar, no una conclusión: describe hechos verificables de fuentes oficiales.
En qué documentos se basa esta señal y dónde verificarla en la fuente oficial.
El pliego estándar, versión II, fechado el 6 de mayo de 2026, establece las condiciones de la subasta inversa electrónica POLICIA NACIONAL-CCC-SI-2026-0011 para adquirir 66 ítems de repuestos y accesorios, con valor referencial de RD$6,969,750.24 y dirigido exclusivamente a MIPYMES mujeres. Fija la recepción de ofertas para el 12 de mayo y la puja para el 18 de mayo de 2026; dispone que la oferta y la adjudicación abarcan la lista completa de bienes.
| Oferente | Resultado en el acta | Lote o grupo | Monto |
|---|---|---|---|
| Romiva, SRLEl portal registra un contrato cerrado y confirmado por RD$6,961,564. | Adjudicado | — | RD$6,961,564 |
| Oferente | Oferta | Entregada | Resultado |
|---|---|---|---|
| Romiva, SRL | RD$6,961,564 | 11 may de 2026 | Pendiente |
| Adjudicatario | Monto | Adjudicado | Estado |
|---|---|---|---|
| Romiva, SRL | RD$6,961,564 | 22 may de 2026 | Cerrado · contrato |
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
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