Ministerio de Interior y Policía
Especificaciones y autorización vinculadas a Viamar y sus marcas
· hace 1 añoRD$5 millones
El informe sostiene que solo el concesionario certificado puede realizar los mantenimientos, pero no identifica ni aporta en este documento el respaldo del fabricante ni vincula esa exclusividad a cada servicio y pieza incluidos. Conviene verificar en el expediente el soporte vigente y su alcance: el artículo 57 exige que el proveedor único sea la única opción de mercado o tenga la titularidad o derecho del objeto contractual.
“únicamente está en condiciones de suplir estos mantenimientos el concesionario certificado por el fabricante para esos fines, quien para este caso es la empresa GRUPO VIAMAR, distribuidores autorizados de las marcas KIA, MAZDA, LINCOLN, JAC” — INFORME PERICIAL PEPU-2025-0006.pdf
Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único
Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…
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Una señal es un motivo para mirar, no una conclusión: describe hechos verificables de fuentes oficiales.
En qué documentos se basa esta señal y dónde verificarla en la fuente oficial.
El informe pericial, fechado el 19 de febrero de 2025, solicita aprobar una contratación por proveedor único para el mantenimiento de vehículos Kia, Mazda, Lincoln, JAC y Ford de la flotilla del Ministerio de Interior y Policía. Identifica 115 vehículos y fundamenta la selección de Grupo Viamar, S.A. en que sería el concesionario certificado por el fabricante para preservar las garantías; el informe no indica un monto ni consigna una decisión de aprobación.
| Oferente | Resultado en el acta | Lote o grupo | Monto |
|---|---|---|---|
| Viamar, S.A.El informe solicita aprobar la contratación por proveedor único; no contiene una adjudicación ni una decisión de aprobación. | Mencionado | — | — |
| Oferente | Oferta | Entregada | Resultado |
|---|---|---|---|
| Viamar, SA | RD$5,000,000 | 3 mar de 2025 | Pendiente |
| Adjudicatario | Monto | Adjudicado | Estado |
|---|---|---|---|
| Viamar, SA | RD$5,000,000 | 3 mar de 2025 | Activo · contrato |
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· hace 1 añoRD$5 millones
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· hace 1 año
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· hace 1 añoRD$5 millones
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona