Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur
Cláusula que descarta impugnaciones posteriores sobre el pliego
· hace 1 año
El pliego dispone rechazar los renglones cuyo precio sea inferior en 20 % al presupuesto referencial. El artículo 130 del Reglamento prevé solicitar explicaciones al oferente y analizar la información antes de decidir la descalificación; la regla del pliego parece establecer el rechazo por el umbral sin ese examen individual.
“En el marco de los estudios previos realizados, para la adquisición objeto de esta convocatoria, no se considerarán para adjudicación y, por tanto, serán rechazados los renglones/ítems de las Ofertas Económicas, cuyo valor propuesto sea inf” — 5. Pliego Condiciones Específicas Adq. Transformadores Potencia Enmendado.pdf
Posible explicación normal: una segunda lectura con inteligencia artificial confirmó que el hecho consta en el documento, pero advierte que la ley o el reglamento podría permitirlo. Se publica con gravedad baja como pista para investigar, no como una irregularidad. Su razonamiento: «El párrafo II del artículo 130 del Reglamento 416-23 ordena precisamente que sea el pliego el que establezca «los criterios y la diferencia porcentual a la baja» entre la oferta y el presupuesto base para descalificar ofertas temerarias; el pliego hace exactamente eso al fijar el umbral del 20% frente al valor referencial publicado, y lo invoca expresamente como fundamento. Además, en este proceso ninguna oferta quedó bajo ese umbral (la adjudicada fue RD$69,920,360.27, un 19% por encima del referencial), por lo que la regla no tuvo efecto en el resultado.»
Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias
Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…
Ley 340-06, artículo 21
ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.
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Una señal es un motivo para mirar, no una conclusión: describe hechos verificables de fuentes oficiales.
En qué documentos se basa esta señal y dónde verificarla en la fuente oficial.
El documento contiene el pliego de la Licitación Pública Nacional EDESUR-CCC-LPN-2025-0010 para adquirir un transformador de potencia, con valor referencial de RD$58,695,000.00, ITBIS incluido. El pliego fija criterios técnicos, financieros y de adjudicación, y su cronograma reproducido señalaba inicialmente la recepción de ofertas para el 2 de septiembre de 2025. También establece el rechazo de ofertas inferiores en 20 % al presupuesto referencial y condiciones de pago por hitos que suman el 100 % del contrato.
| Oferente | Oferta | Entregada | Resultado |
|---|---|---|---|
| Energy And Safety Group, E&SG, SRL | RD$75,696,600 | 30 sept de 2025 | Pendiente |
| Electroval, SRL | — | 23 sept de 2025 | Pendiente |
| Adjudicatario | Monto | Adjudicado | Estado |
|---|---|---|---|
| Electroval, SRL | RD$69,920,360 | 19 dic de 2025 | Activo · contrato |
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
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