Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes · Estado: Proceso adjudicado y celebrado
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones de este proceso. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Tipo de acción: Recurso jerárquico interpuesto por la razón social Delta Comercial, S.A., contra la Resolución Núm. 3191 de fecha 17 de julio de 2024, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones del Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM), en el marco del procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. MICM-CCC-LPN-2024-0002, llevado a cabo para la ""Adquisición de vehículos todo terreno,…
Empresas: Delta Comercial, SA (presentó la acción)Magna Motors, SASanto Domino Motors Company, S.A.
PRIMERO: RECHAZAR el medio de inadmisión por falta de objeto planteado por el Ministerio de Industria y Comercio y Mipymes, en vista de que este Órgano Rector tiene la facultad de verificar si el MICM actuó de forma ilegítima en el procedimiento de referencia, lo cual debe comprobarse aun en el hipotético caso de que los contratos suscritos fuesen ejecutados. SEGUNDO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico presentado por la razón social Delta Comercial, S.A., contra la Resolución Núm. 3191 de fecha 17 de julio de 2024, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones del Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes en respuesta a su recurso de impugnación, en el marco del procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. MICM-CCC-LPN-2024-0002, llevado a cabo por el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM), para la “Adquisición de vehículos todo terreno, minibuses y motocicletas para labores del departamento de transportación del MICM”, por haber sido interpuesto de acuerdo a las formalidades requeridas en la normativa. TERCERO: En cuanto al fondo del recurso jerárquico presentado por la razón social Delta Comercial, S.A.: i. RECHAZAR el pedimento de que se rechace la resolución núm. 3191 de fecha 17 de junio de 2024 que responde a su recurso de impugnación y el Acta de adjudicación núm. 048- 2024, es decir, que se declaren sus nulidades, en atención de que la institución contratante llevó a cabo la debida corrección aritmética la cual no fue aceptada por el recurrente conllevando al rechazo de su oferta económica y que, aun las hubiese aceptado, esto no hubiese afectado la suerte de la adjudicación del procedimiento de referencia. ii. RECHAZAR el pedimento de que se reitere el recurso de impugnación, toda vez que esta Dirección General no constató mérito en los alegatos planteados por la recurrente. iii. RECHAZAR el pedimento de que se recomiende una investigación, toda vez que este Órgano Rector considera que, realizada la revisión del procedimiento de que se trata, se ha satisfecho el pedimento del recurrente. CUARTO: ORDENAR al Ministerio de Industria y Comercio y Mipymes: i) publicar en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), en un plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente Resolución, la gestión completa el procedimiento de que se trata, en especial la circular de notificación de errores u omisiones de tipo o naturaleza subsanable emitida en fecha 17 de junio del 2024 al recurrente, así como también la circular de notificación de oferentes adjudicados y no adjudicados emitida en fecha 1 de julio de 2024; y ii) una vez publicado dichos documentos, notificar a esta Dirección General en un plazo de cinco (5) días hábiles contados a partir de su fecha de publicación, que ya se encuentra cargado en el SECP. PÀRRAFO I: Informamos que esta Dirección General estará realizando un seguimiento continuo al cumplimiento de la presente resolución, a fin de asegurar que las disposiciones contenidas en la misma se ejecuten de conformidad con lo establecido en el marco normativo vigente. Para ello, nos mantendremos en comunicación constante y dispuestos a brindar el apoyo necesario durante todo el proceso. QUINTO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata: i) al recurrente Delta Comercial, S.A.; ii) al Ministerio de Industria y Comercio y Mipymes (MICM), y; iii) a los adjudicatarios del procedimiento, Magna Motors, S.R.L. y Santo Domino Motors Company, S.A., para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, www.dgcp.gob.do.
| Adjudicatario | Monto | Adjudicado | Estado |
|---|---|---|---|
| Magna Motors, SA | RD$13,733,100 | 9 jul de 2024 | Cerrado |
| Santo Domingo Motors Company, SA | RD$12,421,955 | 9 jul de 2024 | Cerrado |
| Oferente | Oferta | Entregada | Resultado |
|---|---|---|---|
| Magna Motors, SAProveedor desde 6 sept de 2006 | RD$27,078,600 | 11 may de 2024 | Adjudicado |
| Delta Comercial, SAProveedor desde 25 nov de 2005 | RD$16,544,255 | 10 may de 2024 | Pendiente |
| Santo Domingo Motors Company, SAProveedor desde 29 nov de 2005 | RD$12,421,955 | 11 may de 2024 | Adjudicado |
| Viamar, SAProveedor desde 29 nov de 2005 | RD$10,063,452 | 13 may de 2024 | Pendiente |
| Autozama, SASProveedor desde 20 abr de 2007 | sin monto publicado | 13 may de 2024 | Pendiente |
Todavía no hemos leído los documentos de este proceso. Los procesos de mayor monto se leen primero.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona