Susana Hermanos, SRL
La DGCP inhabilitó a este proveedor (resolución RIC-4-2025)
· hace 1 año
Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana · Estado: Proceso desierto
Susana Hermanos, SRL
· hace 1 año
Proyecto TOM-CA, SRL
· hace 1 año
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones de este proceso. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Se rechaza en cuanto al fondo el recurso de reconsideración presentado por la razón social Proyecto TOM-CA, S.R.L., contra la Resolución Ref. RIC-0003-2025 de fecha 13 de enero de 2025, y se CONFIRMA en todas sus partes dicha resolución, por no haberse aportado argumentos ni pruebas que desvirtúen la infracción constatada de presentar documentación falsa, conducta sancionada conforme a la Ley Núm. 340-06 sobre…
Empresa: Proyecto TOM-CA, SRL (presentó la acción)
PRIMERO: ACOGER, en cuanto a la forma el recurso de reconsideración interpuesto por la razón social Proyecto TOM-CA, S.R.L., contra la Resolución Ref. RIC-0003-2025, de fecha 13 de enero de 2025, dictada por esta Dirección General de Contrataciones Públicas, por haber sido interpuesto con las formalidades y el plazo dispuesto en el artículo 53 de la Ley Núm. 107-13. SEGUNDO: RECHAZAR en cuanto al fondo el recurso de reconsideración presentado por la razón social Proyecto TOM-CA, S.R.L., contra la Resolución Ref. RIC-0003-2025 de fecha 13 de enero de 2025, dictada por esta Dirección General de Contrataciones Públicas, por no haberse comprobado argumentos ni pruebas que hagan variar o reconsiderar la decisión adoptada, y por vía de consecuencia, CONFIRMAR en todas sus partes la decisión de la Resolución Ref. RIC-0003-2025 de fecha 13 de enero de 2025, por haber sido comprobada la infracción cometida. TERCERO: REMITIR formalmente esta Resolución a las partes envueltas en el presente caso, es decir, a la razón social Proyecto TOM-CA, S.R.L., y a la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED), para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, www.dgcp.gob.do.
| Oferente | Oferta | Entregada | Resultado |
|---|---|---|---|
| Soluciones G&G, SRLProveedor desde 9 may de 2018 | RD$6,892,984 | 5 abr de 2024 | En tratamiento |
| Dutech Dominicana, SRLProveedor desde 4 jul de 2017 | RD$3,507,432 | 5 abr de 2024 | En tratamiento |
| Olivo Industrial, SRLProveedor desde 20 oct de 2011 | RD$3,295,526 | 5 abr de 2024 | En tratamiento |
| Proyecto TOM-CA, SRLProveedor desde 21 may de 2019 | RD$3,267,774 | 5 abr de 2024 | En tratamiento |
| Electroval, SRLProveedor desde 11 dic de 2013 | RD$3,136,960 | 5 abr de 2024 | En tratamiento |
| SOLUCIONES EMPRESARIALES CALMAGO, SRLProveedor desde 23 jun de 2015 | RD$3,077,038 | 5 abr de 2024 | En tratamiento |
| Susana Hermanos, SRLProveedor desde 26 ene de 2016 | RD$3,042,286 | 5 abr de 2024 | En tratamiento |
Todavía no hemos leído los documentos de este proceso. Los procesos de mayor monto se leen primero.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Tipo de Acción: Solicitud de inhabilitación presentada por la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED), contra la razón social Susana Hermanos, S.R.L., por alegada presentación de documentación falsa o alterada, en el marco del procedimiento de Excepción por Exclusividad Núm. ETED-CCC-PEEX-2024-0004, llevado a para la “Adquisición de bloques de prueba marca Siemens”. Palabras claves: Inhabilitación por…
Empresas: Susana Hermanos, SRL (sancionada)SIEMENS, SA
PRIMERO: ACOGER, en cuanto a la forma la presente solicitud de inhabilitación del Registro de Proveedores del Estados interpuesta por la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED), en contra de la razón social Susana Hermanos, S.R.L., por haber sido presentada de conformidad con las disposiciones de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones y su Reglamento de Aplicación, Decreto Núm. 416-23. SEGUNDO: ACOGER en cuanto al fondo la solicitud de inhabilitación realizada por la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED), contra la razón social Susana Hermanos, S.R.L., y en consecuencia, INHABILITAR permanentemente su Registro de Proveedor del Estado (RPE) Núm. 59244, a partir de la fecha de registro de la sanción en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) administrado por este Órgano Rector, por haber cometido la infracción tipificada y sancionada en el numeral 7) del párrafo III del artículo 66 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, y el numeral 2), del párrafo III, del artículo 233 y el párrafo IV del artículo 235 del Reglamento Núm. 416-23, al presentar documentación falsa y adulterada en el marco del Procedimiento de Excepción por Exclusividad Núm. ETED-CCC-PEEX-2024-0004, llevada a cabo por la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED), para la “Adquisición de bloques de prueba marca Siemens”. PÁRRAFO I: La razón social Susana Hermanos, S.R.L., debe responder los compromisos asumidos ante cualquier institución pública, respecto a las adjudicaciones y contratos sobre los que haya podido resultar favorecido previo a la inhabilitación, teniendo a cargo la obligación de responder en los términos ofertados y acordados, tal como exige el citado numeral 3) del artículo 32 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. TERCERO: ORDENAR al Departamento de Registro de Proveedores del Estado de esta Dirección General de Contrataciones Públicas, aplicar en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas administrado por este Órgano Rector, la sanción a la razón social Susana Hermanos, S.R.L., con el Registro de Proveedor del Estado (RPE) Núm. 59244, e incluirla en el registro especial de proveedores inhabilitados en forma permanente, conforme a lo dispuesto en el apartado vi) del numeral 14) del artículo 36 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. CUARTO: DECLARAR que la razón social Susana Hermanos, S.R.L., no podrá contratar con las instituciones amparadas dentro del ámbito de aplicación de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, de forma permanente, a partir de la fecha de registro de la sanción en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) administrado por este Órgano Rector. QUINTO: REMITIR formalmente esta Resolución a las partes envueltas en el presente caso, es decir, a la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED) y a la razón social Susana Hermanos, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: REMITIR formalmente esta Resolución a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana y a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fines de lugar. SÉPTIMO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, www.dgcp.gob.do.
Tipo de acción: Solicitud de inhabilitación presentada por la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana, contra la razón social Proyecto TOM-CA, S.R.L., por alegada presentación de documentación falsa o alterada, en el marco del procedimiento de Excepción por Exclusividad Núm. ETED- CCC-PEEX-2024-0004, llevado a para la “Adquisición de bloques de prueba marca Siemens”. Sintensis de la decisión: ACOGER en cuanto…
Empresa: Proyecto TOM-CA, SRL (sancionada)
PRIMERO: ACOGER, en cuanto a la forma la presente solicitud de inhabilitación del Registro de Proveedores del Estados interpuesta por la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED), en contra de la razón social Proyecto TOM-CA, S.R.L., por haber sido presentada de conformidad con las disposiciones de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones y su Reglamento de Aplicación, Decreto Núm. 416-23. SEGUNDO: ACOGER en cuanto al fondo la solicitud de inhabilitación realizada por la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED), contra la razón social Proyecto TOM- CA, S.R.L., y en consecuencia, INHABILITAR permanentemente su Registro de Proveedor del Estado (RPE) Núm. 81484, a partir de la fecha de registro de la sanción en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) administrado por este Órgano Rector, por haber cometido la infracción tipificada y sancionada en el numeral 7) del párrafo III del artículo 66 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, y el numeral 2) del párrafo III, del artículo 233 y el párrafo IV del artículo 235 del Reglamento Núm. 416-23, al presentar documentación falsa y adulterada en el marco del Procedimiento de Excepción por Exclusividad Núm. ETED-CCC- PEEX-2024-0004, llevada a cabo por la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED), para la “Adquisición de bloques de prueba marca Siemens”. PÁRRAFO I: La razón social Proyecto TOM-CA, S.R.L., debe responder los compromisos asumidos ante cualquier institución pública, respecto a las adjudicaciones y contratos sobre los que haya podido resultar favorecido previo a la inhabilitación, teniendo a cargo la obligación de responder en los términos ofertados y acordados, tal como exige el citado numeral 3) del artículo 32 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. TERCERO: ORDENAR al Departamento de Registro de Proveedores del Estado de esta Dirección General de Contrataciones Públicas, aplicar en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas administrado por este Órgano Rector, la sanción a la razón social Proyecto TOM-CA, S.R.L., con el Registro de Proveedor del Estado (RPE) Núm. 81484, e incluirla en el registro especial de proveedores inhabilitados en forma permanente, conforme a lo dispuesto en el apartado vi) del numeral 14) del artículo 36 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. CUARTO: DECLARAR que la razón social Proyecto TOM-CA, S.R.L., no podrá contratar con las instituciones amparadas dentro del ámbito de aplicación de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, de forma permanente, a partir de la fecha de registro de la sanción en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) administrado por este Órgano Rector. QUINTO: REMITIR formalmente esta Resolución a las partes envueltas en el presente caso, es decir, a la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED) y a la razón social Proyecto TOM-CA, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: REMITIR formalmente esta Resolución a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana y a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fines de lugar. SÉPTIMO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, www.dgcp.gob.do.