Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana · Estado: Proceso desierto
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones de este proceso. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Se acoge en cuanto a la forma y se rechaza en cuanto al fondo el pedimento de que se revoque el Acta Núm. 23/2023 de fecha 10 de febrero de 2023, contentiva de declaración de desierto, pues si bien es cierto de que la ETED sometió a la oferta de la recurrente a criterios no contemplados en el pliego de condiciones no menos cierto es el hecho de que en el SECP se vislumbra que la institución contratante se encuentra…
Procesos: ETED-CCC-LPN-2022-0040 (ADQUISICIÓN DE INTERRUPTORES AISLADOS EN GAS SF6)ETED-CCC-LPN-2023-0046 (ADQUISICIÓN DE INTERRUPTORES AISLADOS EN GAS SF6)
Empresa: Electroval, SRL (presentó la acción)
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma el recurso jerárquico presentado por la razón social Electroval, S.R.L., en contra de la Resolución Núm. 03/2023 de fecha 3 de marzo de 2023, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones de la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana en respuesta a su recurso de impugnación en el marco del procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. ETED-CCC-LPN-2022-0040, llevada a cabo para la “Adquisición de interruptores aislados en gas SF6”, por haber sido presentado con las formalidades y en el plazo establecido en el artículo 67 numeral 1 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. SEGUNDO: En cuanto al fondo del recurso jerárquico presentado por la razón social Electroval, S.R.L.: i. RECHAZAR el pedimento de que se revoque Acta Núm. 23/2023 de fecha 10 de febrero de 2023, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones de la ETED, toda vez que en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas se vislumbra que la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana se encuentra ejecutando el procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. ETED-CCC-LPN-2022-0046, el cual tiene como objeto de contratación el mismo del procedimiento de referencia, por lo que los efectos de la nulidad de la declaratoria de desierto no se pueden desplegar. No obstante, se verifica que la recurrente ha tenido acceso a este nuevo procedimiento, participando como oferente. ii. RECHAZAR el pedimento de que sea ordenado la adjudicación a favor de la recurrente, pues dicha acción escapa del ámbito de competencia de este Órgano Rector ya que corresponde únicamente a las instituciones contratante adjudicar a los oferentes que corresponda, según los resultados obtenidos de los informes de evaluación de ofertas. TERCERO: DECLARAR que la ETED cometió irregularidades graves en la evaluación de la propuesta de la razón social Electroval, S.RL., en el marco del procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. ETED-CCC-LPN-2022-0040, al someter a la oferta de la recurrente a criterios no contemplados en el pliego de condiciones. Dichas irregularidades sirven para identificar las debilidades del procedimiento de contratación de cara a recomendar los aspectos a fortalecer, las acciones correctivas a aplicar y para mejorar en procedimientos futuros. CUARTO: RECOMENDAR a la máxima autoridad de la ETED, que debido a las irregularidades observadas, conforme al debido proceso dispuesto en la Ley Núm. 107-13 y la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, identifique a los funcionarios - que hayan participado y permanezca en la actual gestión –por no ceñir su actuación a las normas del debido proceso administrativo, y en consecuencia, determine las sanciones que pudieran corresponder, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el párrafo I del artículo 65 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. Una vez aplicadas la sanciones que corresponda, remitir al Órgano Rector, un plazo de 5 días hábiles, un informe sobre las acciones aplicadas a raíz de los hallazgos determinadas en el conocimiento del presente recurso. QUINTO: RECOMENDAR a la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana, promover e instruir a los miembros del Comité de Compras y Contrataciones, a los posibles peritos, y a la unidad de compras de dicha institución, a que participen en formaciones y actualizaciones sobre la Ley Núm. 340-06 y modificaciones, que instituye el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas (SNCCP), para su correcta aplicación; así como también promover formaciones y actualizaciones periódicas sobre la Ley Orgánica de la Administración Pública Núm. 247-12, la Ley Núm. 107-13 sobre Derechos de las personas en sus relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo, y demás normativas vigentes que regulan la Administración Pública. Transcurridos seis (6) meses a partir de la recepción de la presente resolución, deberá notificar a este Órgano Rector los servidores y funcionarios públicos que han recibido dichas formaciones. SEXTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata: i) a la recurrente la razón social Electroval, S.RL., y; ii) a la institucion contratante, a la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED). SÉPTIMO: ORDENAR que esta resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, www.dgcp.gob.do.
| Oferente | Oferta | Entregada | Resultado |
|---|---|---|---|
| Ingeniería y Proyectos (INPROCA), SRLProveedor desde 3 feb de 2009 | RD$11,895,425 | 23 feb de 2023 | Calificada |
| Consorcio AtemenergyProveedor desde 28 sept de 2016 | sin monto publicado | 23 feb de 2023 | Rechazada |
Todavía no hemos leído los documentos de este proceso. Los procesos de mayor monto se leen primero.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona