Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones de este proceso. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Se acogió en cuanto a la forma, la presente solicitud de medida cautelar presentada por la recurrente. En cuanto al fondo se rechaza la solicitud, toda vez que, que de los elementos requeridos para su adopción, no ha sido demostrado ni argumentado de manera concreta las irregularidades alegadas en el procedimiento, a los fines de poder verificar en el marco de la tutela cautelar, la apariencia de buen derecho.…
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social Suplidora Nacional de Tecnología, S.R.L., por haber sido realizada de acuerdo a las formalidades requeridas por la normativa. SEGUNDO: RECHAZAR en cuanto al fondo la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social Suplidora Nacional de Tecnología, S.R.L., tendente a suspender los efectos de la Compra por Debajo del Umbral Núm. CERTV-UC-CD-2022-0065, llevado a cabo por la Corporación Estatal de Radio y Televisión (CERTV) para la “Compra de tóner originales y genéricos, para ser utilizados por los diferentes departamentos de esta CERTV”, toda vez que no ha sido demostrada el peligro en la demora “Periculum in mora”, ni la apariencia de buen derecho “Fumus Boni Iuris”, y tampoco el daño que ocasionaría al interés general el no adoptar la medida cautelar, o que solo se garantizaría de así hacerlo. GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICA A HACIENDA DIRECCIÓ GENERAL ECO IRA TACIO S P. BLICAS 1-'edro A. Uul,,!res esq. M.inuel Rodrlguez Ob¡io, Gas ue ~,110 DomJn o Repúbli .l l>omlnk.lfta Dimccicn C.,,,,,.lll Cor,tnitlldOMS PublJc:,,; TERCERO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a la Corporación Estatal de Radio y Televisión (CERTV), en su calidad de institución contratante, a la razón social Suplidora Nacional de Tecnología, S.R.L., en su calidad de parte recurrente, y a la razón social ILC Office Supplies, S.R.L., en su calidad de adjudicataria, para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: ORDENAR que la presente resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General de Contrataciones Públicas: en www.dgcp.gob.do.
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Cronología
Publicación del proceso
Primera adjudicación registrada
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona