Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados (INAPA) vs. Tiote Comercial S.R.L.
El Estado es parteProveedor del Estado| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrente | Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados (INAPA) | Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados → |
| Recurrido | Tiote Comercial S.R.L. | Proveedor del Estado con la misma razón social: Tiote Comercial SRL → |
FALLA ÚNICO: CASA la sentencia núm. 0030-1642-2025-SSEN-00097 de fecha 13 de marzo de 2025 dictada por la Cuarta Sala del Tribunal Superior Administrativo, cuyo dispositivo ha sido copiado en parte anterior del presente fallo y envía el asunto a la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo, en las mismas atribuciones.
La Tercera Sala conoce dos recursos de casación contra una sentencia del Tribunal Superior Administrativo sobre la rescisión de un contrato de suministro entre INAPA y Tiote Comercial. El texto reseña los trámites y antecedentes, dispone la fusión de los recursos y examina la objeción de inadmisibilidad por ausencia de interés casacional; el fragmento no incluye el dispositivo final.
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Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona