| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrente | Coccia Dominicana S.A. | Proveedor del Estado con la misma razón social: Coccia Dominicana, SAS → |
| Recurrido | Nombre reservado por la fuente |
FALLA PRIMERO: RECHAZA el recurso de casación interpuesto por la empresa Coccia Dominicana, SA., contra la sentencia núm. 0360-2017-SSEN-00111, de fecha 30 de marzo de 2017, dictada por la Corte de Trabajo del Departamento Judicial de Santiago, cuyo dispositivo ha sido copiado en parte anterior del presente fallo. SEGUNDO: CONDENA a la parte recurrente al pago de las costas del procedimiento y ordena su distracción a favor del Lcdo. Wilson Núñez Guzmán, abogado de la parte recurrida, quien afirma avanzarlas en su totalidad.
La Suprema Corte de Justicia rechaza el recurso de casación de Coccia Dominicana contra la condena indemnizatoria por un accidente de trabajo. Considera que estar afiliado al Sistema Dominicano de Seguridad Social no exime al empleador de responsabilidad civil cuando su falta de prevención y seguridad ocasiona daños al trabajador.
accidente de trabajoresponsabilidad civil del empleadordeber de seguridadprevención de riesgoscasacióndaños y perjuicios
Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona