Malespín Constructora y General de Seguros S. A.
Proveedor del Estado| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrido | Malespín Constructora | Proveedor del Estado con la misma razón social: Malespin Constructora, SRL → |
| Recurrido | General de Seguros S. A. |
FALLA: PRIMERO: DECLARA CADUCO el recurso de casación interpuesto por , contra sentencia núm. 1499-2024-SSEN-00172, de fecha 2 de mayo de 2024, Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: • Dirección de Internet: http:// TA/Pág.6 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-25-0060 Exp. núm.: 551-2021-ECIV-DYP-00379 (2024-R0520960) Partes: vs. Malespin Constructora, S. . y General de Seguros, S. A. Materia: Reparación de daños y perjuicios (colisión de vehículos) Decisión: CADUCO (de oficio) Ponente: Mag. o emitida por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo, por los motivos antes expuestos. SEGUNDO: COMPENSA las costas procesales.
La Primera Sala declara de oficio caduco un recurso de casación porque el acto de emplazamiento se depositó fuera del plazo legal. Determina que el depósito tardío activa la sanción prevista en la Ley núm. 2-23 y compensa las costas procesales.
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Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona