| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrente | Aralca S. A. | |
| Recurrido | Proyectos Industriales S.R.L. | Proveedor del Estado con la misma razón social: Proyectos Industriales, SRL → |
FALLA: PRIMERO: RECHAZA el recurso de casación interpuesto por Aralca, S. A., contra la sentencia civil núm. 026-02-2022-SCIV-00063 de fecha 26 de enero de 2022, dictada por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, por los motivos antes expuestos. SEGUNDO: CONDENA a la parte recurrente al pago de las costas del procedimiento, ordenando su distracción a favor del Dr. Julio César Martínez Rivera y la Lcda. Arodis Y. Carrasco Rivas de Abreu, abogados de la parte recurrida, quienes afirman haberlas avanzado.
La Primera Sala rechaza el recurso de casación de Aralca contra la sentencia que confirmó una condena por facturas impagas e intereses. Considera novedoso un argumento no planteado ante los jueces de fondo y reconoce la facultad de fijar intereses judiciales compensatorios dentro del límite señalado por la jurisprudencia.
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Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
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Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona