Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
La presente decisión, acoge en cuanto a la forma el recurso jerárquico. En cuanto al fondo de sus alegatos, i) se comprobó que no tiene mérito el alegato de que la institución contratante no cumplió con el cronograma de actividades pues se comprobó que ello tuvo origen en la falla técnica sucedida, y se aclaró que la institución contratante no solicitó autorización para ampliar el plazo de presentación de ofertas…
Proceso: INABIE-CCC-LPN-2021-0009 (Contratación Suministro de Raciones Alimenticias (Jornada extendida))
Empresa: EXPORTFRONT SMD, SRL (presentó la acción)
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico interpuesto por la razón social Exportfront SMD, S.R.L. contra del acto administrativo Núm. INABIE/DJ/No.515/2021 s/f, emitido por el Comité de Compras y Contrataciones del Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil, en el marco del procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. INABIE-CCC- LPN-2021-0009, llevado a cabo para el “Suministro de Raciones Alimenticias del Almuerzo Escolar y su Distribución en los Centros Educativos Públicos durante el período Escolar 2021-2022, llevado a cabo por el Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil, Ministerio de Educación, Modalidad Jornada Escolar Extendida, dirigido a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) nacionales que presenten cocinas instaladas en el territorio nacional”, por haber sido interpuesto con las formalidades del numeral 8 artículo 67 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. SEGUNDO: En cuanto al fondo RECHAZA el pedimento de la razón social Exportfront SMD, S.R.L., de que se ordene al INABIE a adjudicarle, toda vez que su alegato relativo a que presentó su oferta de conformidad con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones no tiene méritos, pues fue verificado que no presentó varios de los documentos requeridos, como se detalló en el inciso iii del párrafo 84 de este acto. TERCERO: En atención al mérito de la razón social Exportfront SMD, S.R.L., de que el acto administrativo Núm. INABIE/DJ/No. 515/202 que da respuesta a la impugnación carece infringe los artículos 9 y 14 de la Ley Núm. 107-13 por al carecer de motivación, esta Dirección General ANULA dicho acto por haberse dictado sin referirse a los hechos planteados en ocasión del recurso ante la institución contratante de conformidad con el párrafo I del artículo 14 de la Ley Núm. 107-13, como fue referido en el inciso i del párrafo 84 de este acto. CUARTO: REMITIR formalmente la presente resolución a las partes envueltas, el Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (INABIE) y, a la parte recurrente Exportfront SMD, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: ORDENAR que esta resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, en www.dgcp.gob.do.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona