Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · AZUA
| Proceso | Institución | Monto | Fecha | Estado |
|---|---|---|---|---|
| Contratación de los servicios de suministro de raciones alimenticias del almuerzo escolar y su distribución, modalidad… | INSTITUTO NACIONAL DE BIENESTAR ESTUDIANTIL | RD$34.4 millones | 8 oct de 2022 | Activo |
| Contratación de los servicios de suministro de raciones alimenticias del almuerzo escolar y su distribución, modalidad… | INSTITUTO NACIONAL DE BIENESTAR ESTUDIANTIL | RD$34.4 millones | 4 ago de 2022 | Cancelado |
Lectura con inteligencia artificial de las actas de evaluación y adjudicación, que suelen adelantarse a los contratos de la DGCP. Verifica cada dato en el acta.
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
El recurso jerárquico tiene mérito en cuanto a que no se identifican los criterios utilizados para evaluar la oferta de la recurrente y fue interpuesto un recurso de impugnación previo, del que no se evidencia que la institución contratante haya emitido respuesta, sin embargo, el pedimento del recurso es que se ordene la nulidad de la adjudicación de los lotes recurridos, de lo cual no fueron planteados alegatos…
Procesos: INABIE-CCC-LPN-2022-0034 (Contratación de los servicios de suministro de raciones alimenticias…)INABIE-RI-CCC-2022-383INABIE-RI-CCC-2022-393
Empresas: G&L Suplidores, SRLIrlando Beltre and Associaties Enterprise Solutions, SRLMartibelis Agroindustrial, SRLParvati Naisha Group, SRLSuncheese Food And Lounge, SRL
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico presentado por la razón social Irlando Beltré And Associates Enterprise Solutions, S.R.L., contra la Resolución Núm. INABIE-RI- CCC-2022-383 de fecha 27 de septiembre de 2022, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones del Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (INABIE), en el marco del procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. INABIE-CCC-LPN-2022-0034, llevado a cabo para la “Contratación de los servicios de suministro de raciones alimenticias del almuerzo escolar y su distribución en los centros educativos públicos durante los periodos escolares 2022-2023 y 2023-2024, llevado a cabo por el Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil, Ministerio de Educación, modalidad Jornada Escolar Extendida, dirigido a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) nacionales que presenten cocinas instaladas en la Provincia Azua”, por haber sido interpuesto de acuerdo a las formalidades requeridas en la normativa. SEGUNDO: En cuanto al fondo el recurso jerárquico presentado por la razón social Irlando Beltré And Associates Enterprise Solutions, S.R.L., RECHAZAR el pedimento de anular el Acta Núm. 0297-2022 de fecha 4 de agosto de 2021 en lo que respecta a la adjudicación de los Lotes 30, 31, 32, 33 y 34 del procedimiento de referencia, toda vez que la recurrente no expuso en su recurso jerárquico razones que puedan fundamentar que esta pretensión sea acogida. TERCERO: En atención al mérito del alegato de la recurrente, referente a la evaluación incorrecta de su oferta en lo que respecta al criterio de la distancia entre los centros educativos y su cocina, ANULAR PARCIALMENTE de oficio el Acta Núm. 0165-2022 de fecha 10 de junio de 2022, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones del INABIE, en la cual se aprueban los informes preliminares de las evaluaciones legales, financieras y técnicas, en cuanto respecta a la evaluación de la oferta técnica de la recurrente en los lotes 30, 31, 32, 33 y 34 del procedimiento de GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS Dirección General Contrataciones Públicas referencia y, en consecuencia, ORDENAR al INABIE que emita los actos necesarios para explicar los criterios utilizados en la evaluación de la oferta técnica de la recurrente o revaluar su propuesta conforme a lo establecido en el pliego de condiciones. En todo caso, la institución contratante deberá publicar en el Portal Transaccional los actos administrativos que sean emitidos como consecuencia de lo anterior. CUARTO: ORDENAR al Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (INABIE): i) publicar en el Portal Transaccional en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente Resolución, la gestión completa del procedimiento de que se trata, en especial, los informes periciales de evaluación de las ofertas, el reporte de la aplicación “APP peritaje INABIE”, y los reportes de las visitas técnicas a los oferentes, y; ii) una vez publicados dichos documentos, notificar a esta Dirección General en un plazo de cinco (5) días hábiles contados a partir de su fecha de publicación, que ya se encuentran disponibles en el Portal Transaccional. QUINTO: RECOMENDAR a la máxima autoridad del Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (INABIE), promover e instruir a los miembros del Comité de Compras y Contrataciones, a los posibles peritos, y a la unidad de compras de dicha institución, a que participen en formaciones y actualizaciones sobre Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, que instituye el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas (SNCCP), para su correcta aplicación. Así como también promover formaciones y actualizaciones sobre la Ley Orgánica de la Administración Pública Núm. 247-12, la Ley Núm. 107-13 sobre Derechos de las personas en sus relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo, y demás normativas vigentes que regulan la Administración Pública. Transcurridos seis (6) meses a partir de la recepción de la presente Resolución, deberá notificar a este Órgano Rector los servidores y funcionarios públicos que han recibido dichas formacioneSEXTO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a 1 1 1 1 1 GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS Dirección General Contrataciones Públicas las partes envueltas en el proceso de que se trata: i) a la recurrente razón social Irlando Beltré And Associates Enterprise Solutions, S.R.L.; ii) al Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (INABIE); iii) a la razón social Martibelis Agroindustrial, S.R.L.; iv) a la razón social Parvati Naisha Group, S.R.L.; v) a la razón social Suncheese Food and Lounge, S.R.L.; vi) a la razón social G&L Suplidores, S.R.L., y; vii) a la señora Eugelyn Galván Luciano, para su conocimiento y fines de lugar. SÉPTIMO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. OCTAVO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, en www.dgcp.gob.do.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona