Persona Jurídica · Sociedades Comerciales
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Se rechaza el recurso de reconsideración interpuesto por el MAPRE, considerando que no fueron aportados documentos o alegatos que hagan que la decisión recurrida sea variada, por lo que, se confirma la Resolución Ref. RIC-126-2021 que da respuesta a la solicitud de investigación de la razón social Nicanor Firma de Abogados, S.R.L., que declara el mérito de las irregularidades alegadas en cuanto a la imposición de…
Proceso: MAPRE-DAF-CM-2020-0089 (CONTRATACIÓN DE NOTARIO PÚBLICO POR UN PERIODO DE 6 MESES)
Empresas: Nicanor Firma de Abogados, SRLYesmin Ybelca Mercado Tejada
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma el recurso de reconsideración de fecha 16 de julio de 2021 interpuesto por el Ministerio Administrativo de la Presidencia (MAPRE) contra la Resolución Ref. RIC-126-2021 de fecha 14 de junio de 2021 dictada por esta Dirección General de Contrataciones Públicas, por haber sido interpuesto con las formalidades y el plazo dispuesto en el artículo 53 de la Ley Núm. 107-13. SEGUNDO: RECHAZAR en cuanto al fondo el recurso de reconsideración presentado por el Ministerio Administrativo de la Presidencia (MAPRE) contra la Resolución Ref. RIC-126-2021 de fecha 14 de junio de 2021 dictada por esta Dirección General de Contrataciones Públicas, por no haberse comprobado argumentos o pruebas que hagan variar o reconsiderar la decisión adoptada, y por vía de consecuencia, CONFIRMAR en todas sus partes la Resolución RIC-126- 2021 de fecha 14 de junio de 2021 dictada por esta Dirección General de Contrataciones Públicas, por haber sido emitida en estricto apego a las disposiciones de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, su Reglamento de Aplicación Núm. 543-12. TERCERO: ORDENAR la remisión formal de esta Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata, a saber: i) al Ministerio Administrativo de la Presidencia (MAPRE); ii) a la razón social Nicanor Abogados, S.R.L.; y iii) a la señora Yesmin Ybelca Mercado Tejada. CUARTO: ORDENAR que la presente Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, en www.dgcp.gob.do.
ACOGE la solicitud de investigación DECLARA las irregularidades en cuanto a la imposición de ccriterios de restrictivos a la participación de nuevos oferentes y RECOMENDA a la máxima autoridad del MAPRE, promover e instruir a la Unidad de Compras y Contrataciones y a la Dirección Administrativa y Financiera de dicha institución, a que participen en formaciones y actualizaciones en la materia.
Proceso: MAPRE-DAF-CM-2020-0089 (CONTRATACIÓN DE NOTARIO PÚBLICO POR UN PERIODO DE 6 MESES)
Empresas: Nicanor Firma de Abogados, SRL (presentó la acción)Yesmin Ybelca Mercado Tejada
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, denuncia presentada por la Nicanor Firma de Abogados, S.R.L., contra el Procedimiento de Compra Menor MAPRE-DAF-CM -2020-0089, para la “Contratación de servicios de notariado” , llevada a cabo por el Ministerio Administrativo de la Presidencia, por haber sido interpuesta de conformidad con lo que disponen los artículos 71 y 72 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. SEGUNDO: en cuanto al fondo de la solicitud de investigación presentada por la razón social Nicanor Firma de Abogados, S.R.L., DECLARAR, que tiene mérito el alegato de que el criterio de tener que presentar una “Certificación de buen desempeño” por participar en procedimientos de contratación pública, vulnera la igualdad, participación y libre competencia, como se estableció en el párrafo 57 de la presente resolución. TERCERO: Declarar que en el marco de la investigación esta Dirección General identificó irregularidades en el pliego de condiciones fueron sintetizadas en el párrafo 57 de la presente resolución, también sirven para identificar las debilidades del procedimiento de contratación de cara a recomendar a MAPRE los aspectos a fortalecer y a mejorar en procedimientos futuros. CUARTO: RECOMENDAR al ministro del MAPRE, promover e instruir a la Unidad de Compras y Contrataciones y a la Dirección Administrativa y Financiera de dicha institución, a que participen en formaciones y actualizaciones sobre la Ley Núm. 340-06 y modificaciones que instituye el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas (SNCCP) para su correcta aplicación; así como también promover formaciones y actualizaciones periódicas sobre la Ley Orgánica de la Administración Pública Núm. 247-12, la Ley Núm. 107-13 sobre Derechos de las personas en sus relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo, y demás normativas vigentes que regulan la Administración Pública. Transcurridos seis (6) meses a partir de la recepción de la presente resolución, deberá notificar a este Órgano Rector los servidores y funcionarios públicos que han recibido dichas formaciones. QUINTO: ORDENAR la remisión formal de esta Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata, a saber: i) a la razón social Nicanor Abogados, S.R.L.., denunciante; y, ii) al Ministerio Administrativo de la Presidencia (MAPRE), en su calidad de institución contratante, y iii) a la señora Yesmin Ybelca Mercado Tejada, adjudicataria. SEXTO: ORDENAR que la presente Resolución sea publicada en el portal de éste Órgano Rector y en www.dgcp.gob.do.
Registros de la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI) a nombre de esta empresa, según sus boletines oficiales.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona