Lectura con inteligencia artificial de las actas de evaluación y adjudicación, que suelen adelantarse a los contratos de la DGCP. Verifica cada dato en el acta.
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Se acoge en cuanto al fondo, se acoge parcialmente el recurso al revocar la resolución impugnada por falta de motivación. Sin embargo, se rechazan los pedimentos de anulación de la adjudicación y de adjudicación a favor del recurrente, debido a que el procedimiento ya fue ejecutado y a que dichas decisiones corresponden a la competencia de la entidad contratante. Asimismo, se ordena a la máxima autoridad del IDEICE…
Proceso: IDEICE-DAF-CM-2025-0048 (SERVICIO DE IMPERMEABILIZACION REFORZADA DEL TECHO DEL IDEICE)
Empresas: Servicios Rincón, SRL (presentó la acción)S J & T Vision Multiservices, SRL (adjudicataria del proceso)
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma el : Recurso jerárquico presentado por la razón social Servicios Rincón, S.R.L., contra la Resolución S/N de fecha 12 de diciembre de 2025, emitida por el Departamento Administrativo y Financiero del Instituto Dominicano de Evaluación e Investigación de la Calidad Educativa (IDEICE), en respuesta a su recurso de impugnación, en el 5 Véanse las Resoluciones Ref. RIC-51-2017, 03-2018, RIC-226-2020, RIC-3-2023, RIC-93-2023, RIC-0015-2025, RIC-0018- 2025, RIC-0066-2025, y RIC-0068-2025, entre otras decisiones de esta Dirección General. marco del procedimiento por Compra Menor Núm. IDEICE-DAF-CM-2025-0048, llevado a cabo para el “Servicio de Impermeabilización reforzada del techo del edificio del IDEICE”, por haber sido interpuesto de acuerdo a las formalidades requeridas en la normativa. SEGUNDO: En cuanto al fondo del recurso jerárquico presentado por la razón social Servicios Rincón, S.R.L., esta Dirección General decide lo siguiente: i. ACOGE el pedimento de revocar el Acta de respuesta emitida por el IDEICE, es decir, la Resolución S/N de fecha 12 de diciembre de 2025, por falta de motivación. ii. RECHAZA el pedimento de anular la adjudicación toda vez que si bien no existe constancia que la institución hubiese llevado a cabo un procedimiento de contratación pública apegado a la normativa, por la ejecución del objeto contratado la nulidad de la adjudicación no surtiría los efectos deseados. iii. RECHAZA el pedimento de que disponga la adjudicación a favor del recurrente, en atención de que dicha actuación escapa de los límites de la competencia de esta Dirección General, en atención del criterio de descentralización de la gestión operativa. TERCERO: ORDENAR a la máxima autoridad del Instituto Dominicano de Evaluación e Investigación de la Calidad Educativa (IDEICE), que debido a la grave irregularidad observada en procedimiento por Compra Menor núm. IDEICE-DAF-CM-2025-0048, conforme al debido proceso dispuesto en la Ley núm. 41-08, identifique a los funcionarios que participaron en el procedimiento y en consecuencia, determine las sanciones que pudieran corresponder por no ceñir su actuación a las normas que rigen el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas (SNCCP), de acuerdo a las disposiciones establecidas en el artículo 65 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones. PÁRRAFO I: Una vez agotado el procedimiento disciplinario conforme al debido proceso establecido en la Ley Núm. 41-08, el IDEICE deberá informar los resultados al Órgano Rector del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas (SNCCP) dentro de un plazo de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la emisión de la decisión. PÁRRAFO II: Informamos que esta Dirección General de Contrataciones Públicas estará realizando un seguimiento continuo al cumplimiento de la presente Resolución, a fin de asegurar que las disposiciones contenidas en la misma se ejecuten de conformidad con lo establecido en el marco normativo vigente. Para ello, nos mantendremos en comunicación constante y dispuestos a brindar el apoyo necesario durante todo el proceso. CUARTO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata: i) a la recurrente Servicios Rincón, S.R.L.; ii) al Instituto Dominicano de Evaluación e Investigación de la Calidad Educativa (IDEICE), y; iii) a la adjudicataria, la razón social S J& T Vision Multiservices, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, www.dgcp.gob.do.
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Se acoge en cuanto a la forma el recurso jerárquico interpuesto por la razón social Servicios Rincón, S.R.L.; y en cuanto al fondo, se rechaza por carecer de mérito, al comprobarse que la evaluación de las ofertas técnicas y credenciales realizada por el Banco Agrícola se ajustó a lo establecido en el pliego de condiciones y a la normativa aplicable. La Dirección General de Contrataciones Públicas determinó que la…
Proceso: BAGRICOLA-DAF-CM-2025-0010 (Servicio de retiro, reparación del fino y confección de base de…)
Empresas: Servicios Rincón, SRL (presentó la acción)Vernioz,SRL (adjudicataria del proceso)
Lo que decide sale del resumen de la DGCP: el documento no tiene texto legible.