Persona Natural · Persona Física · SÁNCHEZ RAMÍREZ
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
La decisión rechaza el pedimento relativo a que esta Dirección General acepte u ordene a la Institución Contratante que reciba su oferta para el proceso de referencia, por la vía presencial (en papel o USB), toda vez que, si bien es cierto la recurrente cumplía con las condiciones de entrada para “manifestar interés” y participar a través de Portal Transaccional en fecha previa a la fecha límite para la…
Procesos: INABIE-CCC-LPN-2022-0018 (Contratación de los servicios de suministro de raciones alimenticias…)INABIE-RI-CCC-2022-42
Empresa: Gremys Odalkys Lazala Lazala
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico presentado por la señora Gremys Odalkys Lázala Lázala contra la Resolución Resolución Ref. INABIE-RI-CCC-2022-42 de fecha 11 de mayo de 2022 que responde a la impugnación en el marco del Procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. INABIE-CCC-LPN-2022-0018, para el “Suministro de Raciones Alimenticias del Almuerzo Escolar y su Distribución a los Centros Educativos Públicos durante los períodos escolares 2022-2023 y 2023-2024, llevado a cabo por el Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil, modalidad Jornada Escolar Extendida, dirigido a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) nacionales con cocinas instaladas en la Provincia Sánchez Ramírez”, por haber sido interpuesto con las formalidades y en el plazo del artículo 67 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. SEGUNDO: RECHAZAR los pedimentos de fondo presentados por la señora Gremys Odalkys Lázala Lázala de que esta Dirección General instruya a la Institución Contratante que reciba su oferta para el proceso de referencia. Toda vez que, si bien es cierto presentó un incidente al manifestar interés; no menos cierto es que al no hacerse de la certificación de falla ni acudir dentro del plazo de la presentación de ofertas – conforme el literal a del artículo 26 de la Resolución PNP- 03-2020 - su oferta en físico no fue admitida por la institución contratante, es decir no realizó de manera oportuna los trámites para lograr su cometido, como se dispuso en el párrafo 30 de la presente decisión. TERCERO: ORDENAR La remisión formal de la presente resolución a las partes, la señora Gremys Odalkys Lázala Lázala, en su calidad de recurrente; al Instituto Nacional de Bienestar GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS Pedro A. Uuberes esq. M.lnuel Kodl'iguet Obji<>, Cascue S.1n10 O<>ndn8<> Repi.tblk:a Oo1nink:ana C.reccióriGcfit:rlll. COfltrotodones Públicas Estudiantil (INABIE), en su calidad de institución contratante, para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en los portales electrónicos administrados por este Órgano Rector en www.dgcp.gob.do.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona