Persona Natural · Persona Física · DISTRITO NACIONAL
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Se acogió en cuanto a la forma y en cuanto al fondo se acogió la solicitud de inhabilitación interpuesto MIVHED, toda vez que se demostró que el documento presentado por la señora Eldry Kamille Beltré Ramirez, en el marco del procedimiento de referencia, es falsa o alterada, aun cuando haya establecido que la oferta fue preparada por otra empresa.
Proceso: MIVHED-CCC-LPN-2023-0003 (CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE SUMINISTRO DE ALMUERZOS Y CENAS PARA EL…)
Empresas: Eldry Kamille Beltré Ramírez (sancionada)Daniel Emilio Feliz Pérez
PRIMERO: ACOGER, en cuanto a la forma la presente solicitud de inhabilitación del Registro de Proveedores del Estados interpuesta por el Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones, en contra de la señora Eldry Kamille Beltré Ramírez, por haber sido presentada de conformidad con las disposiciones de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones y su Reglamento de Aplicación, Decreto Núm. 543-12. SEGUNDO: ACOGER en cuanto al fondo la solicitud de inhabilitación realizada por el Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones contra la señora Eldry Kamille Beltré Ramírez, y en consecuencia, INHABILITAR permanentemente su Registro de Proveedor del Estado (RPE) Núm. 71904, a partir de la fecha de registro de la sanción en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) administrado por este Órgano Rector, por haber cometido la infracción tipificada y sancionada en el numeral 7), párrafo III del artículo 66 de la Ley Núm. 340- 06 y sus modificaciones y en los numeral 2) y 5) del artículo 29 del Reglamento Núm. 543-12, al presentar documentación falsa y adulterada en el marco del procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. MIVHED-CCC-LPN-2023-0003, llevado a cabo para la “Contratación de servicios de suministro de almuerzo y cenas para el personal que labora en las diferentes áreas de este ministerio”. TERCERO: ORDENAR al Departamento de Gestión de Proveedores de esta Dirección General de Contrataciones Públicas, aplicar en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) administrado por este Órgano Rector, la sanción de la señora Eldry Kamille Beltré Ramírez, con su Registro de Proveedor del Estado (RPE) Núm. 71904, e incluirla en el registro especial de proveedores inhabilitados en forma permanente, conforme a lo dispuesto en el apartado vi) del numeral 14 del artículo 36 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. CUARTO: DECLARAR que la señora Eldry Kamille Beltré Ramírez, no podrán contratar con las instituciones amparadas dentro del ámbito de aplicación de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, de forma permanente, a partir de la fecha de registro de la sanción en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) administrado por este Órgano Rector. QUINTO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata: i) a la señora Eldry Kamille Beltré Ramírez., y; ii) al Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones, para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: REMITIR formalmente esta Resolución a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana y a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fines de lugar. SÉPTIMO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, www.dgcp.gob.do.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona