Resolución RIC-178-2020Recurso jerárquicoEsta empresa: mencionada
Emitida el 21 oct de 2020 · Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo
Declara incumplimientosDa la razón al reclamanteHace recomendaciones
Resolucion_RIC_178_2020 PDF 915Kb Se rechaza alegato sobre la adjudicación a una oferta superior porque en los documentos del procedimiento se estableció que se adjudicaría a la oferta técnica superior, y el recurrente no obtuvo la mayor puntuación técnica. En cuanto a las irregularidades, de la forma descrita no cumple con los parámetros de una comparación de precio, porque se solicitaron requerimientos técnicos y…
Proceso: MEPyD-CCC-CP-2018-0002 (Contratar los servicios de una Compañía Encuestadora para elaborar el…)
Empresas: Consultoría Interdisciplinaria en Desarrollo, (CID) S.R.L,Gallup Republica Dominicana, SRL
Lo que resolvió la DGCP
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico presentado por la razón social Consultoría Interdisciplinaria en Desarrollo, S.R.L (CID) contra la Resolución MEPYD-2018-01 de fecha 22 de mayo de 2018, dictada por la directora jurídica del Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo (MEPyD) en el marco del procedimiento por Comparación de Precios Núm. MEPYD-CCC-CP-2018-002, para la “contratación de servicios para elaborar el indicador de República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do confianza de los consumidores de República Dominicana (ICC-RD), abril y octubre 2018”, por haber sido interpuesto con las formalidades y en el plazo del artículo 67 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. SEGUNDO: En en cuanto al fondo el recurso jerárquico presentado por la razón social Consultoría Interdisciplinaria en Desarrollo, S.R.L (CID), ACOGER su pedimento de “verificar el proceso y determinar si fue acorde a la ley de compras específicamente bajo el umbral comparación de precios” lo cual ha sido satisfecho con la revisión de legalidad detallada en la presente resolución. TERCERO: DECLARAR que en el procedimiento por Comparación de Precios Núm. MEPYD- CCC-CP-2018-002, para la “contratación de servicios para elaborar el indicador de confianza de los consumidores de República Dominicana (ICC-RD), abril y octubre 2018”, se constataron las irregularidades descritas en esta resolución y sintetizadas en el párrafo 60 y que sirven para identificar las debilidades del procedimiento de contratación de cara a recomendar los aspectos a fortalecer y a mejorar en procedimientos futuros. CUARTO: RECOMENDAR al ministro del MEPyD que instruya a la Unidad de Compras y Contrataciones, posibles peritos de la institución y a su Comité de Compras y Contrataciones a participar en talleres de capacitación sobre el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas, en especial talleres sobre elaboración de pliego de condiciones, métodos de evaluación y adjudicación y su ejecución, así como también sobre la modalidad de contratación de comparación de precios, en atención a las atribuciones otorgadas por el numeral 7) del artículo 36 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, relativo a la función del Órgano Rector de capacitar a las unidades operativas de las instituciones sujetas a la misma, en materia de compras y contrataciones de bienes, servicios, obras y concesiones. Así como también que ordene su República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do participación en talleres de la Ley Núm. 107-13 sobre Derechos de las personas en sus relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo QUINTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a las partes, la razón social Consultoría Interdisciplinaria en Desarrollo, S.R.L (CID); al Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo (MEPyD), y a la razón social Gallup República Dominicana, S.R.L. para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. SÉPTIMO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal administrado por este Órgano Rector en www.dgcp.gob.do.