Persona Jurídica · Sociedades Comerciales
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Se acoge la solicitud de que sea anulado el procedimiento de excepción Núm. DICOM-CCC-PEOR-2021-0003, toda vez que aunque su alegato sobre que la experiencia no puede ser evaluada bajo la modalidad de puntaje no tiene mérito, dado que se trata de un servicio de consultoría la normativa lo permite en el párrafo II del artículo 88 del Reglamento ,se ha constado que los demás alegatos si tienen mérito, pues los…
Proceso: DICOM-CCC-PEOR-2021-0003 (CONSULTORIA PROFESIONAL ESPECIALIZADA PARA PREVENCION Y GESTION…)
Empresa: AB Comunicaciones Estrategicas SRL
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, la denuncia presentada por la Fundación Jurídica para la Defensa de los Pobres, Inc., (FUNJURIPO) contra el Procedimiento de Excepción por Exclusividad Núm. DICOM-CCC-PEOR-2021-0003 llevado a cabo la Dirección General de Comunicación para la contratación de una consultoría profesional especializada para la prevención y gestión comunicacional de la Dirección General de Comunicación- Presidencia de la República, por haber sido presentada de conformidad con lo que disponen los artículos 71 y 72 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. SEGUNDO: En cuanto al fondo de la solicitud de investigación presentada por la denunciante, ACOGER la petición de que el procedimiento sea anulado, y por vía de consecuencia ANULAR el procedimiento de Excepción Núm. DICOM-CCC-PEOR- 2021-0003 llevado a cabo la Dirección General de Comunicación para la contratación de una consultoría profesional especializada para la prevención y gestión comunicacional de la Dirección General de Comunicación-Presidencia de la República , toda vez que se ha constado que los términos de referencia contienen graves irregularidades que conllevan la nulidad del procedimiento conforme a los artículos 14 de la Ley Núm. 107-13, artículo 15 numeral 6) de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, y 68 del Reglamento de Aplicación 543-12., por violaciones a los principios rectores de la contratación pública, tales como economía y flexibilidad, igualdad y libre competencia, el principio de participación y el principio de razonabilidad, al no establecer las reglas claras en cuanto a los criterios de evaluación de la oferta técnica, no desagregar la puntuación, no establecer un criterio de adjudicación congruente y razonable con relación a la evaluación de la oferta técnica, así como también violaciones en la convocatoria por fijar plazos irrazonables para la preparación y presentación de propuestas que evidenciaron limitación de la participación y concurrencia. TERCERO: ORDENAR a la Dirección General de Comunicación (DICOM): i) publicar en el Portal Transaccional en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente Resolución, la oferta completa de AB Comunicaciones Estratégicas, S.R.L , y el informe de evaluación técnica con las respectivas puntuaciones; y ii) una vez publicado dicho documento, notificar a esta Dirección General en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles contados a partir de su fecha de publicación, que ya se encuentra cargado en el Portal Transaccional. CUARTO: RECOMENDAR a la máxima autoridad de la DICOM promover e instruir a los miembros del Comité de Compras y Contrataciones, a los posibles peritos, y a la unidad de compras de dicha institución, a que participen en formaciones y actualizaciones sobre la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones que instituye el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas (SNCCP) para su correcta aplicación; así como también a que Reforzamiento en Gestión de Procesos y Administración de Contratos éste último impartido por esta Dirección General, con la finalidad de refrescar el uso del portal transaccional en lo relativo a la gestión completa de los procesos de compras y la administración de contratos. Transcurridos seis (6) meses a partir de la recepción de la presente resolución, deberá notificar a este Órgano Rector los servidores y funcionarios públicos que han recibido dichas formaciones. QUINTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a las partes, la Dirección General de Comunicación (DICOM), a la Fundación Jurídica para la Defensa de los Pobres, Inc., (FUNJURIPO), y AB Comunicaciones Estratégicas, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: ORDENAR la remisión formal de esta resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. SÉPTIMO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General en www.dgcp.gob.do.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona