Zogonco SRL
La DGCP inhabilitó a este proveedor (resolución RIC-91-2021)
· hace 5 años
Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · DISTRITO NACIONAL
Inhabilitado en el Registro de Proveedores: Resolución RIC-91-2021, que inhabilita permanentemente, por presentar documentos falsos o alterados, conforme al núm. 7) párr. III del art 66 de la Ley Núm. 340-06 y mod. y nums. 2) y 5) del art. 29 del Reglamento Núm. 543-12, a partir del 11/05/2021.
Zogonco SRL
· hace 5 años
Katherine Johanna Zorrilla Gonzalez · Zogonco SRL
· hace 12 días
Jorge Radhames Zorrilla Gonzalez · Zogonco SRL
· hace 12 días
Rosanna Emilia de la Alt Gonzalez Constanzo · Zogonco SRL
· hace 12 días
| Proceso | Institución | Monto | Fecha | Estado |
|---|---|---|---|---|
| LIMPIEZA DE REPARACION DE GRIETAS MACILLADO, RETOQUE DE PIEDRA Y PINTURA GENRAL, EN LA SEDE CENTRAL. | Instituto Agrario Dominicano | RD$139,892 | 17 jun de 2020 | Activo |
| compra de mascarilla de protección | Cuerpo de Bomberos de Santo Domingo Este | RD$16,508 | 15 may de 2020 | Activo |
| Servicios de Construcción de registro y limpieza del séptico lado este/ desmantelamiento de plafones en esta Sede… | Instituto Agrario Dominicano | RD$143,488 | 17 mar de 2020 | Activo |
| Contratación de 4 Lotes para construcción de calles | Ayuntamiento Santo Domingo Oeste | RD$16.7 millones | 12 jun de 2018 | Activo |
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
INHABILITAR permanentemente su Registro de Proveedor del Estado (RPE) Núm. 63548, a partir de la fecha de registro de la sanción en el Portal Transaccional administrado por este Órgano Rector, por haber cometido la infracción tipificada y sancionada en el numeral 7) del párrafo III del artículo 66 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones y en los numerales 2) y 5) del artículo 29 del Reglamento Núm. 543-12, al…
Proceso: CP-CPJ-004-2020
Empresas: Comercial Zogonco, S.R.L. (sancionada)Zogonco SRL (sancionada)
PRIMERO: ACOGER, en cuanto a la forma la presente solicitud de inhabilitación del Registro de Proveedores del Estados interpuesta por el Consejo del Poder Judicial, en contra de la razón social Comercial Zogonco., S.R.L., por haber sido presentada de conformidad con las disposiciones de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones y su Reglamento de Aplicación, Decreto Núm. 543-12. SEGUNDO: ACOGER en cuanto al fondo la solicitud de inhabilitación realizada por el Consejo del Poder Judicial contra la razón social Comercial Zogonco., S.R.L., y en consecuencia, INHABILITAR permanentemente su Registro de Proveedor del Estado (RPE) Núm. 63548, a partir de la fecha de registro de la sanción en el Portal Transaccional administrado por este Órgano Rector, por haber cometido la infracción tipificada y sancionada en el numeral 7) del párrafo III del artículo 66 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones y en los numerales 2) y 5) del artículo 29 del Reglamento Núm. 543-12, al presentar documentación falsas y adulterada en el marco del procedimiento por Comparación de Precios Núm. CP-CPJ-004-2020, llevado a cabo para la “Adecuación del área de recepción de documentos del edificio de la Corte de Apelación del Distrito Nacional”. TERCERO: ORDENAR al Departamento de Registro de Gestión de Proveedores de esta Dirección General de Contrataciones Públicas, aplicar en el Portal Transaccional administrado por este Órgano Rector, la sanción de la razón social Comercial Zogonco., S.R.L con su Registro de Proveedor del Estado (RPE) Núm. 63548, e incluirla en el registro especial de proveedores inhabilitados en forma permanente, conforme a lo dispuesto en el apartado vi) del numeral 14) del artículo 36 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. CUARTO: DECLARAR que la razón social Comercial Zogonco, S.R.L., no podrá contratar con las instituciones amparadas dentro del ámbito de aplicación de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, de forma permanente, a partir de la fecha de registro de la sanción en el Portal Transaccional administrado por este Órgano Rector. QUINTO: REMITIR formalmente esta Resolución a las partes envueltas en el presente caso, es decir, al Consejo del Poder Judicial y a la razón social Comercial Zogonco., S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: REMITIR formalmente esta Resolución a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana y a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fines de lugar. SÉPTIMO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, www.dgcp.gob.do.
Motivo registrado: Resolución RIC-91-2021, que inhabilita permanentemente, por presentar documentos falsos o alterados, conforme al núm. 7) párr. III del art 66 de la Ley Núm. 340-06 y mod. y nums. 2) y 5) del art. 29 del Reglamento Núm. 543-12, a partir del 11/05/2021.
El estado actual es el que muestra el Registro de Proveedores (Inhabilitado). El fin de cada registro sale de la rehabilitación publicada por la DGCP o, si no la hay, del plazo que indica su motivo; sin ninguno de los dos no se afirma que siga vigente.
El régimen de prohibiciones es el del artículo 14 de la Ley 340-06 y, desde el 28/01/2026, los artículos 38 y 39 de la Ley 47-25.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona