Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · DISTRITO NACIONAL
| Proceso | Institución | Monto | Fecha | Estado |
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| AMPLIACIÓN, READECUACIÓN Y REMOZAMIENTO DE LAS ÁREAS DE HEMODIÁLISIS, PIE DIABÉTICO, EMERGENCIA, TRAUMATOLOGÍA Y MEDIA… | Servicio Nacional de Salud | RD$479.6 millones | 7 oct de 2022 | Cerrado |
| AMPLIACIÓN, READECUACIÓN Y REMOZAMIENTO DE LAS ÁREAS DE HEMODIÁLISIS, PIE DIABÉTICO, EMERGENCIA, TRAUMATOLOGÍA Y MEDIA… | Servicio Nacional de Salud | RD$479.6 millones | 4 oct de 2022 | Cancelado |
| CONSTRUCCIÓN DE NUEVOS EDIFICIOS EN CENTROS DE CORRECCIÓN Y REHABILITACIÓN EXISTENTES (AMPLIACIÓN) Y CENTROS DE… | Procuraduría General de la República | RD$89.8 millones | 21 dic de 2018 | Activo |
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
RECHAZAR el medio de inadmisión planteado por el Departamento Aeroportuario, relativo a que el recurso jerárquico no cumple con las formalidades del artículo 48 de la Ley Núm. 107-13, toda vez que, se comprueba que éste indica de manera clara cuáles son sus intenciones, así como los hechos y argumentos jurídicos que los sustentas, por lo que corresponde que esta Dirección General conozca el fondo y verifique el…
Proceso: Aeroportuario-CCC-LPN-2023-0004
Empresas: Consorcio Aeropuerto Internacional de Pedernales (presentó la acción)Consorcio AIP (presentó la acción)Arquitectura Integral, SRLCentro de Estudios de Materiales y Control de Obra, S.A.Consorcio Ghesa-IEG Pedernales. SEXTO
PRIMERO: RECHAZAR el medio de inadmisión planteado por el Departamento Aeroportuario, relativo a que el recurso jerárquico no cumple con las formalidades del artículo 48 de la Ley Núm. 107-13, toda vez que, se comprueba que éste indica de manera clara cuáles son sus intenciones, así como los hechos y argumentos jurídicos que los sustentas, por lo que corresponde que esta Dirección General conozca el fondo y verifique el mérito de los alegatos. SEGUNDO: RECHAZAR el medio de inadmisión planteado por el Departamento Aeroportuario fundamentado en que cumplió con las exigencias del pliego de condiciones, ya que para fines de verificar si en efecto la institución contratante cumplió como ella dice con todas las exigencias del pliego de condiciones, es preciso que el órgano rector realice el control de legalidad solicitado por la recurrente, para lo cual se requiere de un análisis de fondo de la cuestión controvertida. TERCERO: ACOGER en cuanto a la forma el recurso jerárquico presentado por el Consorcio Aeropuerto Internacional de Pedernales, (Consorcio AIP), integrado por las razones sociales Arquitectura Integral, S.R.L. y Centro de Estudios de Materiales y Control de Obra, S.A., en contra del acto administrativo s/n emitido por el Comité de Compras y Contrataciones del Departamento Aeroportuario en fecha 4 de diciembre de 2023, en respuesta a su recurso de impugnación, en el marco de la Licitación Pública Nacional Núm. Depto. Aeroportuario-CCC- LPN-2023-0004, llevada a cabo para la “Contratación de empresa para la Elaboración de Diseños Ejecutivos Edificio Terminal, Torre de Control, Edificio Salvamento y Extinción de Incendios, cuerpo especializado en seguridad Aeroportuaria y de la aviación civil del Aeropuerto Internacional Cabo Rojo”. CUARTO: RECHAZAR en cuanto al fondo del recurso jerárquico presentado por el Consorcio Aeropuerto Internacional de Pedernales, (Consorcio AIP) por la falta de mérito de sus alegatos. QUINTO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el procedimiento de que se trata, a saber: al recurrente, i) Consorcio Aeropuerto Internacional de Pedernales, (Consorcio AIP), integrado por las razones sociales Arquitectura Integral, S.R.L. y Centro de Estudios de Materiales y Control de Obra, S.A.; a la institución contratante, ii) Departamento Aeroportuario; a la adjudicataria, la razón social iii) Consorcio Ghesa-IEG Pedernales. SEXTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, en www.dgcp.gob.do.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona