Programa de Medicamentos Esenciales · Culinary Arts By Elisa, SRL
La DGCP inhabilitó a este proveedor (resolución RIC-53-2024)
· hace 2 años
Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · DISTRITO NACIONAL
Inhabilitado en el Registro de Proveedores: Res. Ref. RIC-35-2024 que inhabilita permanentemente, por presentar documentos falsos o adulterados conforme al Núm. 7) del párr. III del art. 66 de la Ley Núm. 340-06 y sus mods., y Núm. 2) y 5) del art. 29 del Reglamento Núm. 543-12, a partir del 16/04/2024.
Programa de Medicamentos Esenciales · Culinary Arts By Elisa, SRL
· hace 2 años
Cecilio Guzman · Culinary Arts By Elisa, SRL
· hace 11 días
Chery Alexandra Guzman Perez de Hernandez · Culinary Arts By Elisa, SRL
· hace 11 días
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
RECHAZAR en cuanto al fondo, la solicitud de inhabilitación realizada por el Comité Ejecutor de Infraestructuras de Zonas Turísticas (CEIZTUR), contra el Registro de Proveedor del Estado (RPE) Núm. 58533de de la razón social O´Reilly & Asociados, S.R.L., por alegada presentación de documentos falsos, ya que, a partir de las pruebas aportadas, y tras validar el contenido del documento en cuestión por su emisor – la…
Procesos: CEIZTUR-CCC-CP-2023-0022 (Reconstrucción del Muelle Turístico de Miches, Municipio Miches…)PROMESECAL-CCC-LPN-2023-0004 (Contratación de Almuerzo para los Empleados de la Institución (Sede…)
Empresas: CULINARY ARTS BY ELISA, SRLElisa, S.R.L.O´Reilly & Asociados, SRLSolución Ferretera NT.
PRIMERO: ACOGER a la forma el recurso de reconsideración de fecha 224 de abril de 2024 interpuesto por la razón social Culinary Arts by Elisa, S.R.L., contra la Resolución Ref. RIC-53- 2024 de fecha 8 de abril de 2024 dictada por esta Dirección General de Contrataciones Públicas, por haber sido interpuesto con las formalidades y el plazo dispuesto en el artículo 53 de la Ley Núm. 107-13. SEGUNDO: RECHAZAR en cuanto al fondo el recurso de reconsideración presentado por el interpuesto por la razón social Culinary Arts by Elisa, S.R.L., contra la Resolución Ref. RIC-53- 2024 de fecha 8 de abril de 2024 dictada por esta Dirección General de Contrataciones Públicas, por no haberse comprobado nuevos argumentos y pruebas que hagan variar o reconsiderar la decisión adoptada por este Órgano Rector del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas, y por vía de consecuencia, CONFIRMAR en todas sus partes la Resolución Ref. RIC- 53-2024 de fecha 8 de abril de 2024, dictada por esta Dirección General de Contrataciones Públicas. TERCERO: ORDENAR la remisión formal de esta Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata, a saber: i) a la razón social Culinary Arts by Elisa, S.R.L., y ii) Programa de Medicamentos Esenciales y Central de Apoyo Logístico (PROMESE/CAL). CUARTO: ORDENAR que la presente Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, en www.dgcp.gob.do.
Motivo registrado: Res. Ref. RIC-35-2024 que inhabilita permanentemente, por presentar documentos falsos o adulterados conforme al Núm. 7) del párr. III del art. 66 de la Ley Núm. 340-06 y sus mods., y Núm. 2) y 5) del art. 29 del Reglamento Núm. 543-12, a partir del 16/04/2024.
Motivo registrado: Res. Ref. RIC-53-2024 que inhabilita permanentemente, por presentar documentos falsos o adulterados conforme al Núm. 7) del párr. III del art. 66 de la Ley Núm. 340-06 y sus mods., y Núm. 2) y 5) del art. 29 del Reglamento Núm. 543-12, a partir del 16/04/2024.
El estado actual es el que muestra el Registro de Proveedores (Inhabilitado). El fin de cada registro sale de la rehabilitación publicada por la DGCP o, si no la hay, del plazo que indica su motivo; sin ninguno de los dos no se afirma que siga vigente.
El régimen de prohibiciones es el del artículo 14 de la Ley 340-06 y, desde el 28/01/2026, los artículos 38 y 39 de la Ley 47-25.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
| RD$1.2 millones |
| 29 nov de 2022 |
| Cancelado |
| CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO DEL ALMUERZO PARA LOS EMPLEADOS DEL ÁREA METROPOLITANA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PASAPORTES | Dirección General de Pasaportes | RD$16.4 millones | 21 nov de 2022 | Cerrado |
| Almuerzos y cenas para el personal de la Institución. Dirigido a MIPYME | Dirección Gral de Contabilidad Gubernamental | RD$2.5 millones | 1 nov de 2022 | Cerrado |
| CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ALMUERZO PARA LOS COLABORADORES DEL INAFOCAM | Instituto Nacional de Formacion y Capacitacion del Magisterio | RD$2.8 millones | 17 oct de 2022 | Activo |
| Servicio de Almuerzos, Desayunos y Refrigerios para las mudanzas, traslados y socializacion de URBE. | Unidad Ejecutora para la Readecuación de Barrios y Entornos (URBE) | RD$929,019 | 14 oct de 2022 | Activo |
| Contratación de los servicios de suministro de raciones alimenticias del almuerzo escolar y su distribución, modalidad… | INSTITUTO NACIONAL DE BIENESTAR ESTUDIANTIL | RD$20.5 millones | 8 oct de 2022 | Activo |
Se acoge la solicitud de inhabilitación al haberse comprobado por medio de las pruebas aportadas por el PROMESE/CAL que ciertamente la razón social Culinary Arts by| Elisa, S.R.L., depositó como parte de la documentación subsanable de su oferta técnica “Sobre A”, una Certificación de Buenas Prácticas de Higiene en Cocinas, falsa en el marco del procedimiento de compras de referencia, en consecuencia, procede la…
Proceso: PROMESECAL-CCC-LPN-2023-0004 (Contratación de Almuerzo para los Empleados de la Institución (Sede…)
Empresas: CULINARY ARTS BY ELISA, SRL (sancionada)Elisa, S.R.L. (sancionada)
PRIMERO: ACOGER, en cuanto la forma la presente solicitud de inhabilitación del Registro de Proveedores del Estado interpuesta por el Programa de Medicamentos Esenciales y Central de Apoyo Logístico (PROMESE/CAL), en contra de la razón social Culinary Arts by Elisa, S.R.L., por haber sido presentada de conformidad con las disposiciones de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, y su Reglamento de Aplicación, Decreto Núm. 543-12. SEGUNDO: ACOGER en cuanto al fondo la solicitud de inhabilitación realizada por el Programa de Medicamentos Esenciales y Central de Apoyo Logístico (PROMESE/CAL), contra la razón social Culinary Arts by Elisa, S.R.L., y en consecuencia, INHABILITAR permanentemente su Registro de Proveedor del Estado (RPE) Núm. 58574, a partir de la fecha de registro de la sanción en el Portal Transaccional administrado por este Órgano Rector, por haber cometido la infracción tipificada y sancionada en el numeral 7), párrafo III del artículo 66 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, y en los numeral 2) y 5) del artículo 29 del Reglamento de Aplicación Núm. 543- 12, al presentar documentación falsa y adulterada en el marco del procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. PROMESECAL-CCC-LPN-2023-0004, llevado a cabo por el Programa de Medicamento Esenciales y Central de Apoyo Logístico (PROMESE/CAL), para la “Contratación del Suministro de Almuerzo para los Empleados de la Institución, desde el primero (1ro) de septiembre del 2023, hasta el treinta y uno (31) de agosto del 2024”. TERCERO: ORDENAR al Departamento de Gestión de Proveedores de esta Dirección General de Contrataciones Públicas, aplicar en el Portal Transaccional administrado por este Órgano Rector, la sanción a la razón social Culinary Arts by Elisa, S.R.L., con el Registro de Proveedor del Estado (RPE) Núm. 58574, e incluirla en el registro especial de proveedores inhabilitados en forma permanente, conforme a lo dispuesto en el apartado vi) del numeral 14) del artículo 36 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. CUARTO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata: i) a la requerida Culinary Arts by Elisa, S.R.L., y; ii) al Programa de Medicamentos Esenciales y Central de Apoyo Logístico (PROMESE/CAL), para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: REMITIR formalmente esta Resolución a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana y a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: REMITIR formalmente esta Resolución al Instituto Dominicano para la Calidad (INDOCAL), órgano facultado para la emisión del tipo de certificación objeto de la falsificación y/o alteración de que se trata, para su conocimiento y fines de lugar. SÉPTIMO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, en www.dgcp.gob.do.