Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · SANTO DOMINGO
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico interpuesto por Comida D´ Mí Propia Casa, S.R.L., con relación a la Resolución Núm. 003-MINC-CCC-RE-03-02-2020 de fecha 4 de febrero de 2020 en respuesta al recurso de impugnación presentado en contra del acta de adjudicación Núm. 001/2020 de fecha 15 de enero de 2020 ambos actos del Comité de Compras y Contrataciones en el marco del procedimiento de Licitación…
Procesos: 003-MINC-CCC-RE-03-02-2020CULTURA-CCC-LPN-2020-006
Empresas: Comida D Mi Propia Casa, SRL (presentó la acción)Disla Uribe Koncepto, SRL (adjudicataria del proceso)Fuego Lento, S.R.L.
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico interpuesto por Comida D´ Mí Propia Casa, S.R.L., con relación a la Resolución Núm. 003-MINC-CCC-RE-03-02-2020 de fecha 4 de febrero de 2020 en respuesta al recurso de impugnación presentado en contra del acta de adjudicación Núm. 001/2020 de fecha 15 de enero de 2020 ambos actos del Comité de Compras y Contrataciones en el marco del procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. CULTURA-CCC-LPN-2020-006, llevado a cabo por el Ministerio de Cultura, para la “Adquisición de servicio de almuerzos para la sede central del Ministerio y sus dependencias” por haber sido éste interpuesto bajo las formalidades y en el plazo que establece el artículo 67 de la Ley Núm. 340-06 y su modificación. SEGUNDO: En cuanto al fondo, ACOGER el recurso jerárquico presentado por la razón social Comida D´ mi propia casa, S.R.L., en contra de la Resolución Núm. 003-MINC-CCC-RE-03-02- 2020 que da respuesta a su recurso de impugnación en contra del Acta de Adjudicación Núm. 001-2020 del 15 de enero de 2020 y, en consecuencia: 1) ANULAR la Resolución Núm. 003-MINC-CCC-RE-03-02-2020 de fecha 4 de febrero de 2020 en respuesta al recurso de impugnación presentado así como revocar el Acta de Adjudicación Núm. 001/2020 de fecha 15 de enero de 2020, primero, por haberse comprobado que se descalificó a la recurrente por haber presentado una garantía de seriedad de la oferta superior al 1% del valor de la oferta presentada, conforme se ha establecido en los párrafos 44 al 47 de esta resolución; y segundo, por haber procedido en República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONFS PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do la forma que lo hizo y adjudicado con base en criterios no previstos ni en la normativa ni en el pliego de condiciones faltando al deber de motivación, conforme a lo establecido en el párrafo 63 de esta resolución; y en consecuencia ORDENAR al Comité de Compras y Contrataciones reevaluar las ofertas económicas presentadas con apego irrestricto en los criterios definidos en el pliego de condiciones y lo establecido en el artículo 8 de la Ley Núm. 340-06 y su modificación y a las observaciones realizadas en la presente resolución. 2) RECHAZAR las conclusiones de la razón social Comida D´ mi propia casa, S.R.L., en cuanto a su solicitud de que se declare como adjudicataria por las razones establecidas en los párrafos 67 al 73 de esta resolución. TERCERO: DECLARAR que el Ministerio de Cultura en el procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. CULTURA-CCC-LPN-2020-006, llevado a cabo para la “Adquisición de servicio de almuerzos para la sede central del Ministerio y sus dependencias”, no cumplió las disposiciones sintetizadas en el párrafo 75 de la presente esta resolución. CUARTO: ORDENAR la remisión formal de esta Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata, a saber: i) a la razón social Comida D´ mi propia casa, S.R.L., parte recurrente, ii) al Ministro de Cultura, en su calidad de máxima autoridad de la institución contratante; y, iii) a las adjudicatarias, la razón social Disla Uribe Koncepto, S.R.L., y A Fuego Lento, S.R.L. QUINTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Cámara de Cuentas de la República a la Contraloría General de la, para su conocimiento y fines de lugar. República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONFS PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do SEXTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en los portales electrónicos administrados por éste Órgano Rector, en www.comprasdominicana.gob.do y en www.dgcp.gob.do.
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
"ACOGE la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social Comida D´ Mi Propia Casa, S.R.L., y ordena la SUSPENSIÓN de los efectos de la Resolución Núm. 001-2020 de fecha 15 de enero de 2020, que adjudica a las razones sociales A Fuego Lento, S.R.L. y Disla Uribe Koncepto, S.R.L. y las acciones que de estas se puedan realizar como la ejecución de los contratos y la entrega de almuerzos en el marco del…
Proceso: CULTURA-CCC-LPN-2019-0006 (Servicio de Almuerzo para el personal que labora en la Sede y…)
Empresas: Comida D Mi Propia Casa, SRL (presentó la acción)Disla Uribe Koncepto, SRLFuego Lento, S.R.L.
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social Comida D´ Mi Propia Casa, S.R.L. por haber sido realizada de acuerdo a las formalidades requeridas por la normativa. SEGUNDO: ACOGER en cuanto al fondo la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social Comida D´ Mi Propia Casa, S.R.L., y ordenar la SUSPENSIÓN de los efectos de la Resolución Núm. 001-2020 de fecha 15 de enero de 2020, que adjudica a las razones sociales A Fuego Lento, S.R.L. y Disla Uribe Koncepto, S.R.L. y consecuentemente las acciones que de estas se puedan realizar como la ejecución de los contratos y la entrega de almuerzos en el marco del procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. CULTURA-CCC-LPN-2019-0006, llevado a cabo por el Ministerio de Cultura para la “Adquisición de servicio de almuerzos para la sede central del Ministerio y sus dependencias,” toda vez que se verificó, el peligro en la demora “periculum in mora” y la apariencia de buen derecho “fumus boni iuris” en el procedimiento de que trata; y que no afecta el interés general la suspensión ordenada. TERCERO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata, al Ministerio de Cultura y a las razones sociales Comida D´ Mi Propia Casa, S.R.L., Disla Uribe Koncepto, S.R.L., y A Fuego Lento, S.R.L. República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do CUARTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENAR que la presente resolución sea publicada en los portales electrónicos administrados por este Órgano Rector en el Portal Transaccional www.comprasdominicana.com.do y en el institucional www.dgcp.gob.do.