Ayuntamiento Distrito Municipal Turístico Verón Punta Cana · Domingo Salvador Muñoz Gonzalez
La DGCP inhabilitó a este proveedor (resolución 34-2016)
· hace 10 años
Persona Natural · Persona Física · SANTO DOMINGO
Inhabilitado en el Registro de Proveedores: PROVEEDOR INHABILITADO POR EL ÓRGANO RECTOR MEDIANTE LA RESOLUCIÓN NO.34/2016 DE FECHA 6 DE MAYO DEL 2016. FALSIFICACIÓN DE PÓLIZA DE SEGURO.
Ayuntamiento Distrito Municipal Turístico Verón Punta Cana · Domingo Salvador Muñoz Gonzalez
· hace 10 años
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Resolución No. 34-2016 que ACOGE en cuanto a la forma la presente solicitud de inhabilitación del Registro de Proveedores del Estado interpuesto por el Ayuntamiento del Distrito Municipal Turístico de varón Punta Cana, en contra del arquitecto Domingo Salvador Muñoz González.
Procesos: ADMTVPC-CCC-CP-03-2015ADMTVPC-CCC-CP-05-2015ADMTVPC-CCC-CP-06-2015ADMTVPC-CP-06-2015CP-06-2015
Empresas: DOMINGO SALVADOR MUÑOZ GONZALEZ (sancionada)Monumental de Seguros S.A.
PRIMERO: ACOGER, como al efecto ACOGE, en cuanto a la forma la presente solicitud de inhabilitación del Registro de Proveedores del Estado (RPE) interpuesto por el Ayuntamiento del Distrito Municipal Turístico de Verón Punta Cana, en contra del arquitecto Domingo Salvador Muñoz González, por haber sido presentada cumpliendo con las formalidades establecidas en la Ley No. 340-06, sobre compras y contrataciones de bienes, servicios, obras y concesiones, modificada por la Ley No. 449-06 y su Reglamento de Aplicación aprobado mediante Decreto No. 543-12. SEGUNDO: En cuanto al fondo, ACOGER, como al efecto ACOGE la solicitud de inhabilitación realizada por el Ayuntamiento del Distrito Municipal Turístico de Verón Punta Cana, en contra de la persona física, arquitecto Domingo Salvador Muñoz González, por presentar documentos alterados en un procedimiento por Comparación de Precios, y en consecuencia, amparados en [firma] Dirección General CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gov.do | www.dgcp.gob.do el numeral 7 del párrafo III del artículo 66 de la Ley No. 340-06, y en el artículo 29 del Reglamento de Aplicación de la citada ley, aprobado mediante el Decreto No. 543-12, se ORDENA la INHABILITACIÓN PERMANENTE del Registro de Proveedores del Estado (RPE) No. 52119, correspondiente a Domingo Salvador Muñoz González, por haber cometido la infracción contenida en los citados artículos; TERCERO: DECLARAR como al efecto DECLARA que la persona física Domingo Salvador Muñoz González, no podrá contratar con las instituciones amparadas dentro del ámbito de aplicación de la Ley No. 340-06, de manera permanente, a partir de la publicación de la presente Resolución en el portal www.comprasdominicana.gob.do. CUARTO: ORDENAR como al efecto ORDENA al Departamento de Registro de Proveedores del Estado (RPE) que proceda aplicar la sanción en el sistema del registro de proveedores e incluir al señor Domingo Salvador Muñoz González, en el Registro de Proveedores de Inhabilitados por el período anteriormente establecido. QUINTO: ORDENAR como al efecto ORDENA la remisión formal de esta Resolución al Ayuntamiento del Distrito Municipal Turístico de Verón Punta Cana, para su conocimiento y fines que correspondan. SEXTO: ORDENAR como al efecto ORDENA la remisión formal de esta Resolución al señor Domingo Salvador Muñoz González, para su conocimiento y fines que correspondan. [firma] SÉPTIMO: ORDENAR como al efecto ORDENA la remisión formal de esta Resolución a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines que correspondan. OCTAVO: ORDENAR como al efecto ORDENA la remisión formal de esta Resolución a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fines que correspondan.
Motivo registrado: PROVEEDOR INHABILITADO POR EL ÓRGANO RECTOR MEDIANTE LA RESOLUCIÓN NO.34/2016 DE FECHA 6 DE MAYO DEL 2016. FALSIFICACIÓN DE PÓLIZA DE SEGURO.
El estado actual es el que muestra el Registro de Proveedores (Inhabilitado). El fin de cada registro sale de la rehabilitación publicada por la DGCP o, si no la hay, del plazo que indica su motivo; sin ninguno de los dos no se afirma que siga vigente.
El régimen de prohibiciones es el del artículo 14 de la Ley 340-06 y, desde el 28/01/2026, los artículos 38 y 39 de la Ley 47-25.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona