Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · SANTIAGO
Lectura con inteligencia artificial de las actas de evaluación y adjudicación, que suelen adelantarse a los contratos de la DGCP. Verifica cada dato en el acta.
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
En cuanto a los argumentos de la recurrente se estableció, en primer lugar, el mérito parcial sobre la presunta ejecución de actividades fuera del plazo establecido en cronograma, toda vez si bien es cierto que el informe de evaluación de las ofertas económicas “Sobre B” y el acta de adjudicación del procedimiento de referencia fueron emitidos en fechas diferentes de las establecidas en el cronograma fueron…
Proceso: MIREX-CCC-LPN-2021-0002 (Contratación de los servicios de agencias de viajes para la emisión…)
Empresas: Viajersa, SRL (presentó la acción)Rosedy Tours, SRL
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico interpuesto por la razón social Viajersa, S.R.L., en contra de la Resolución Núm. 04-2021 de fecha 29 de octubre de 2021, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones de Ministerio de Relaciones Exteriores (MIREX), en respuesta al recurso de impugnación presentado en el marco de la Licitación Pública Nacional Núm. MIREX-CCC-LPN-2021-0002, llevada a cabo para la ”Contratación de los servicios de agencias de viajes para la emisión de boletos aéreos y seguros de viajes”, por haber sido interpuesto con las formalidades del numeral 8 artículo 67 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. SEGUNDO: En cuanto al fondo de las peticiones presentadas por la razón social Viajersa, S.R.L.: GOBIERNO DE LA REP BLICA DOMINICA A HACIENDA DIRECCIÓ GENERAL ECO IRA TACIO S P. BLICAS Dirtlecién c.,.,.,...i, ContnitlldlOncs Publlc:,,; i. ACOGER el pedimento de ANULAR en lo concerniente al Lote II, del Acta Núm. 013/2021 de fecha 4 de agosto de 2021, contentiva de adjudicación del Lote I y declaratoria de desierto del Lote II, del procedimiento de referencia, por haberse evidenciado que ni éste, ni el informe pericial que recomienda la misma, contienen las explicaciones pertinentes que permitan comprobar que en efecto la propuesta de la razón social Viajersa S.R.L., ofrecía una tasa por servicio tan “elevada” o “que supera con creces los márgenes de beneficios promediados de las agencias de viajes del mercado”, que conllevara que el MIREX declarara desierto dicho lote, a pesar de haberse presentado una oferta que “cumplía con todo con los criterios establecidos para el referido proceso”, y en consecuencia, esta Dirección General DECLARA LA NULIDAD del informe de evaluación final de las ofertas económicas, Sobre B, de fecha 27 de julio de 2021, en lo concerniente a la declaratoria de desierto del Lote II, de conformidad con el párrafo I del artículo 14 de la Ley Núm. 107-13. ii. RECHAZAR el pedimento de que ordene la admisión de la propuesta económica de la razón social Viajersa, S.R.L., y, que en consecuencia se ordene la adjudicación del Lote II a su favor, debido a que para ello se debe hacer una labor técnica y de ponderación de aspectos que escapan del ámbito de competencia de este Órgano Rector. TERCERO: ORDENAR al Ministerio de Relaciones Exteriores (MIREX): i) publicar en el Portal Transaccional en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente Resolución, la gestión completa del procedimiento de que se trata, en especial los estudios preliminares y complementarios sobre el mercado de agencias de viajes al que hace referencia el MIREX en su escrito de defensa y que sirvieron de base para rechazar la oferta de la recurrente; ii) una vez publicados dichos documentos, notificar a esta Dirección General en un plazo de cinco (5) días hábiles contados a partir de su fecha de publicación, que ya se encuentran cargados en el Portal Transaccional. GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS C.recciól'IGcfi~III. Corltrotodoncs Públicas CUARTO: RECOMENDAR a la máxima autoridad del Ministerio de Relaciones Exteriores (MIREX) promover e instruir a los miembros del Comité de Compras y Contrataciones, a los posibles peritos, y a la unidad de compras de dicha institución, a que participen en formaciones y actualizaciones sobre la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, que instituye el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas (SNCCP) para su correcta aplicación; y a que participen en el taller de “Reforzamiento en Gestión de Procesos y Administración de Contratos”, impartido por esta Dirección General, con la finalidad de refrescar el uso del Portal Transaccional en lo relativo a la gestión completa del procedimiento de contratación y la administración de contratos. Así como también, promover formaciones y actualizaciones periódicas sobre la Ley Orgánica de la Administración Pública Núm. 247-12, la Ley Núm. 107-13 sobre Derechos de las personas en sus relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo, y demás normativas vigentes que regulan la Administración Pública. Transcurridos seis (6) meses a partir de la recepción de la presente resolución, deberá notificar a este Órgano Rector los servidores y funcionarios públicos que han recibido dichas formaciones. QUINTO: REMITIR formalmente la presente resolución a las partes envueltas, al Ministerio de Relaciones Exteriores (MIREX) y la razón social Viajersa, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. SÉPTIMO: ORDENAR que esta resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, en www.dgcp.gob.do. GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS C.recciól'IGcfi~III. Corltrotodoncs Públicas
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona