Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · SANTO DOMINGO
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Se acogen en cuanto a la forma las solicitudes de investigación, por haber sido interpuestas conforme a la normativa, y a su vez se acoge en cuanto al fondo la conclusión incoada por la razón Social Actel, S.R.L., de que se realice una investigación, la cual fue realizada por esta Dirección General conforme a la normativa. Se acoge parcialmente en cuanto al fondo la conclusión interpuesta por la razón social DN…
Proceso: ME-CCC-PU-2014-15-GD
Empresas: Actel, SRL (presentó la acción)DN SERVICE LA SOLUCION, SRL (presentó la acción)AVELIA COMERCIAL, SRLCecomsa, SRLOmega Tech, SAPBS Dominicana, S.A.S.y 5 más
PRIMERO: ACOGER como buena y válida en cuanto a la forma las solicitudes de investigación presentadas por las razones sociales Actel, S.R.L., y DN Service La Solución, S.R.L., sobre el Procedimiento de Urgencia No. ME-CCC-PU-2014-15-GD llevado a cabo por el Ministerio de Educación para la “adquisición e instalación de equipos informáticos para suplir las necesidades tecnológicas en centros educativos y áreas administrativas”. SEGUNDO: En cuanto a las conclusiones de la razón social Actel, S.R.L., ACOGER la solicitud de que sea iniciada una investigación de manera exhaustiva al Procedimiento de Urgencia No. ME-CCC-PU-2014-15-GD, la que cual ha sido realizada por esta Dirección General de Contrataciones Públicas al tenor de lo dispuesto en la normativa. TERCERO: En cuanto a las conclusiones de la razón social DN Service La Solución, S.R.L por una parte, ACOGER la solicitud de que sea iniciada una investigación al Procedimiento de Urgencia No. ME-CCC-PU-2014-15-GD, la cual ha sido realizada por esta Dirección General de Contrataciones Públicas al tenor de lo dispuesto en la normativa y; por otra parte, RECHAZAR la solicitud de suspensión de la inscripción en el Registro de Proveedores del Estado de la razón social Omega Tech, S.A.. toda vez que, además de no tener calidad para solicitar lo que sería una inhabilitación temporal de un proveedor, por los motivos expuestos en los considerandos 144 al 151; no fue demostrado que el MINERD haya suministrado precios referenciales distorsionados con el precio del mercado y presuntamente incumplidos por Omega Tech, S.A. que permitieran valorar su pretensión. CUARTO: DECLARAR, en el Procedimiento de Urgencia No. ME-CCC-PU-2014-15-GD llevado a cabo por el Ministerio de Educación para la “adquisición e instalación de equipos informáticos para suplir las necesidades tecnológicas en centros educativos y áreas administrativas”, se constataron los incumplimientos descritos en la presente resolución y sintetizadas en el considerando 159 de la presente Resolución. QUINTO: RECOMENDAR al Ministro de Educación, que ordene a la Unidad de Compras y Contrataciones, Peritos y al Comité de Compras y Contrataciones del MINERD que participe en talleres de capacitación sobre el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas impartidos por la Dirección General de Contrataciones Públicas, en especial un taller sobre planificación anual de compras, elaboración de pliegos de condiciones específicas, en atención a las atribuciones otorgadas por el numeral 7) del artículo 36 de la Ley No. 340-06 y su modificación; así como también ordene participar en talleres sobre la Ley Orgánica de Administración Pública No. 247-12 y la Ley No. 107-13 sobre Derechos de las personas en sus relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo. SEXTO: RECOMENDAR al Ministro de Educación, que conforme al debido proceso dispuesto en la Ley Núm. 107-13 y la Ley Núm. 340-06 y su modificación, analice los incumplimientos a la normativa cometidos por los funcionarios responsables del Procedimiento de Urgencia No. ME- CCC-PU-2014-15-GD , y en consecuencia, investigue y determine las sanciones que pudieran corresponder, de acuerdo a los incumplimientos evidenciados en la presente resolución y a las disposiciones establecidas en el párrafo I del artículo 65: “1) Amonestación escrita; 2) Suspensión sin goce de salario hasta por 6 meses; 3) Despido sin responsabilidad patronal; 4) Sometimiento a la justicia”; y la Resolución No. 6/2009 emitida por esta Dirección General de Contrataciones Públicas en fecha 2 de marzo de 2009. SÉPTIMO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes, Ministerio de Educación, y las razones sociales Actel, S.R.L., y DN Service La Solución, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. OCTAVO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a las razones sociales: PBS Dominicana, S.A.S., Avelia Comercial, S.R.L., Unitec Dominicana, S.R.L., CECOMSA, S.R.L., Trace International, S.R.L., Omega Tech, S. A., Sinegirt, S. A., Tecno mundo, E.I.R.L., Universal de Cómputos, S.R.L, para su conocimiento y fines de lugar. NOVENO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República, y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. DÉCIMO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental, para su conocimiento y fines de lugar. ÚNDECIMO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en los portales electrónicos administrados por este Órgano Rector, www.comprasdominicana.gob.do y www.dgcp.gob.do.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona