Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · SAN JUAN
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Resolución No. 09/2016 que ACOGE, en cuanto a la forma, el recurso jerárquico interpuesto por la razón social Inversiones Técnicas y Construcciones Invetecon, S.R.L., en fecha primero (1ero.) de mayo de dos mil quince (2015), contra la Resolución No. 04/2015, de fecha catorce (14) de abril de dos mil quince (2015) del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) en el marco del procedimiento de Sorteo de…
Proceso: MOPC-CCC-SO-001-2015
Empresas: INVERSIONES TECNICAS Y CONSTRUCCIONES INVETECON, SRL (presentó la acción)Zahir Constructora, SRL
PRIMERO: ACOGER, como al efecto ACOGE, en cuanto a la forma, el recurso jerárquico interpuesto por la razón social Inversiones Técnicas y Construcciones Invetecon, S.R.L., en fecha primero (1ero.) de mayo de dos mil quince (2015), contra la Resolución No. 04/2015, de fecha catorce (14) de abril de dos mil quince (2015) del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) en el marco del procedimiento de Sorteo de Obras No. MOPC-CCC-SO-001-2015, llevado a cabo por dicha institución para la "Revitalización Urbana de San Juan de la Maguana, Residencial Vistas del Rio", Lote No. 16, por haber sido interpuesto de conformidad con las formalidades y plazos establecidos en las disposiciones del artículo 67 de la Ley No. 340-06 y su modificación. SEGUNDO: RECHAZAR como al efecto RECHAZA, en cuanto al fondo, las conclusiones presentadas por el recurrente, razón social Inversiones Técnicas y Construcciones Invetecon, S.R.L., por haber comprobado este Órgano Rector que la ingeniera Claudia Luciano Ramírez al momento de la celebración del sorteo no tenía contratos de obras vigentes con el Estado Dominicano a través del Ministerio de Educación de la República Dominicana (MINERD), tal como fue detallado en la presente resolución. [firma] TERCERO: ORDENAR como al efecto ORDENA el envío formal de la presente resolución a la razón social Inversiones Técnicas y Construcciones Invetecon, S.R.L. y a la ingeniera Claudia Luciano Ramírez, para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: ORDENAR como al efecto ORDENA el envío formal de la presente resolución al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENAR como al efecto ORDENA, la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: ORDENAR como al efecto ORDENA, la remisión formal de la presente resolución a la Cámara de Cuentas de la República, para su conocimiento y fines de lugar.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona