Servicio Nacional de Salud · Tigersol Investments, SRL
La DGCP inhabilitó a este proveedor (resolución RIC-238-2020)
· hace 5 años
Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · DISTRITO NACIONAL
Inhabilitado en el Registro de Proveedores: Resolución RIC-238-2020, que inhabilita permanentemente, por presentar documentos falsos o alterados, conforme al núm. 7) párr. III del art. 66 de la Ley Núm. 340-06 y mod. y nums. 2) y 5) del art. 29 del Reglamento Núm. 543-12, a partir del 14.12.2020
Servicio Nacional de Salud · Tigersol Investments, SRL
· hace 5 años
Anarques Marino Eugenia Matos · Tigersol Investments, SRL
· hace 11 días
Kirsis Milagros Ramirez · Tigersol Investments, SRL
· hace 11 días
| Proceso | Institución | Monto | Fecha | Estado |
|---|---|---|---|---|
| Adquisición de Artículos de Limpieza | Dirección General de Desarrollo Fronterizo | RD$4,286 | 30 may de 2017 | Rescindido |
| Adquisición de Artículos de Limpieza | Dirección General de Desarrollo Fronterizo | RD$4,286 | 29 may de 2017 | Cancelado |
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Resolución RIC-238-2020, que establece: Se acoge en cuanto al fondo la solicitud de inhabilitación realizada por el SNS y se ordena la inhabilitación permanente a la razón Tigersol Investments, S.R.L. que le impedirá contratar con el Estado dominicano, como sanción administrativa por haber cometido la infracción tipificada y sancionada en el numeral 7) del párrafo III del artículo 66 de la Ley Núm. 340-06 y sus…
Proceso: SNS-CCC-LPN-2019-0002 (REPARACIÓN, ADECUACIÓN Y REMOZAMIENTO DE CENTROS DE SALUD A NIVEL…)
Empresa: Tigersol Investments, SRL (sancionada)
PRIMERO: ACOGER, en cuanto a la forma la presente solicitud de inhabilitación del Registro de Proveedores del Estado presentada por el Servicio Nacional de Salud, contra de la razón social Tigersol Investments, S.R.L. por haber sido presentada de conformidad con las disposiciones de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones y su Reglamento de Aplicación, Decreto Núm. 543-12. República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do SEGUNDO: ACOGER en cuanto al fondo la solicitud de inhabilitación realizada por el Servicio Nacional de Salud (SNS) contra la razón social Tigersol Investments, S.R.L., y en consecuencia, INHABILITAR permanente su Registro de Proveedor del Estado (RPE) Núm. 43583, a partir de la fecha de registro de la sanción en el Portal Transaccional administrado por este Órgano Rector, por haber cometido la infracción tipificada y sancionada en el numeral 7) del párrafo III del artículo 66 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones y en el literal 2) del artículo 29 del Reglamento Núm. 543-12, al presentar documentación falsa y adulterada en el marco de la Licitación Pública Nacional Núm. SNS-CCC-LPN-2019-0002, llevado a cabo para la “reparación, adecuación y remozamiento de centros de salud a nivel nacional, bajo dependencia del Servicio Nacional de Salud y áreas de emergencias del Sistema de Emergencia 911”. TERCERO: ORDENAR al Departamento de Registro de Proveedores del Estado de esta Dirección General de Contrataciones Públicas, aplicar en el Portal Transaccional administrado por esta Dirección General, la sanción a la razón social Tigersol Investments, S.R.L. con el Registro de Proveedor del Estado (RPE) Núm. 43583, e incluirla en el registro especial de proveedores inhabilitados en forma permanente, conforme a lo dispuesto en el apartado vi) del numeral 14) del artículo 36 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. CUARTO: DECLARAR que la razón social Tigersol Investments, S.R.L. no podrá contratar con las instituciones amparadas dentro del ámbito de aplicación de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, de manera PERMANENTE, a partir de la fecha de registro de la sanción en el Portal Transaccional administrado por este Órgano Rector. República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do QUINTO: REMITIR formalmente esta Resolución a las partes envueltas en el presente proceso, es decir, a la institución contratante, Servicio Nacional de Salud (SNS) y a la razón social Tigersol Investments, S.R.L. para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: REMITIR formalmente esta Resolución a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana y a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fines de lugar. SÉPTIMO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, en www.dgcp.gob.do.
Motivo registrado: Resolución RIC-238-2020, que inhabilita permanentemente, por presentar documentos falsos o alterados, conforme al núm. 7) párr. III del art. 66 de la Ley Núm. 340-06 y mod. y nums. 2) y 5) del art. 29 del Reglamento Núm. 543-12, a partir del 14.12.2020
El estado actual es el que muestra el Registro de Proveedores (Inhabilitado). El fin de cada registro sale de la rehabilitación publicada por la DGCP o, si no la hay, del plazo que indica su motivo; sin ninguno de los dos no se afirma que siga vigente.
El régimen de prohibiciones es el del artículo 14 de la Ley 340-06 y, desde el 28/01/2026, los artículos 38 y 39 de la Ley 47-25.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona