Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · SANTO DOMINGO
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
En cuanto a la forma, se acoge el recurso jerárquico interpuesto por el Consorcio Imprimerie Nationale-Nucom, por haber sido incoado conforme a las formalidades dispuestas en la normativa. En cuanto al fondo, se rechazan las conclusiones del Consorcio Imprimerie Nationale-Nucom, por los motivos expuestos en los considerandos 225) al 230) de la resolución. Por otro lado, se declara que en la licitación pública se…
Proceso: DGP-CCC-LPI-2016-003
Empresas: Consorcio Imprimerie Nationale-Nucom (presentó la acción)In Continu Et Services y Nucom Dominicana, S.R.L.NUCOM DOMINICANA SRLPastoriza, SRL
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico interpuesto por el Consorcio Imprimerie Nationale-Nucom, contra el Acta No. 07-2017 de fecha 18 de mayo de 2017, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones de la Dirección General de Pasaportes, en respuesta al recurso de impugnación contra el procedimiento de Licitación Pública Internacional No. DGP- CCC-LPI-2016-003 llevado a cabo por la Dirección General de Pasaportes para la “confección de quinientas mil libretas para la emisión de pasaportes de los ciudadanos residentes en la República Dominicana y en el exterior”, por haber sido interpuesto de conformidad con las formalidades y plazos establecidos en el artículo 67 de la Ley No. 340-06 y su modificación. SEGUNDO: En cuanto al fondo, RECHAZAR las conclusiones del Consorcio Imprimerie Nationale-Nucom, sobre anular el procedimiento de licitación pública internacional DGP-CCC- LPI-2016-003, por los motivos señalados en los considerandos 225 al 230 de la presente resolución. TERCERO: DECLARAR que en el procedimiento de Licitación Pública Internacional No. DGP- CCC-LPI-2016-003 llevado a cabo por la Dirección General de Pasaportes para la “confección de quinientas mil libretas para la emisión de pasaportes de los ciudadanos residentes en la República Dominicana y en el exterior”, se constataron las irregularidades descritas en la presente resolución y sintetizadas en el considerando 215. CUARTO: RECOMENDAR a la máxima autoridad ejecutiva de la Dirección General de Pasaportes que, conforme al debido proceso, investigue a los funcionarios responsables de no cumplir con la normativa y, en consecuencia, aplique, según corresponda, las disposiciones legales contenidas en dichos artículos y además con las sanciones previstas en el párrafo I del artículo 65: “1) Amonestación escrita; 2) Suspensión sin goce de salario hasta por 6 meses; 3) Despido sin responsabilidad patronal; 4) Sometimiento a la justicia”, sin perjuicio de la responsabilidad civil y/o penal, y la Resolución No. 6/2009 emitida por esta Dirección General de Contrataciones Públicas en fecha 2 de marzo de 2009. QUINTO: RECOMENDAR a la máxima autoridad ejecutiva de la Dirección General de Pasaportes, que ordene a la Unidad de Compras, los miembros del Comité de Compras y Contrataciones y los peritos de dicha institución, a participar en talleres de capacitación sobre el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas de la República Dominicana, impartidos por la Dirección General de Contrataciones Públicas, en atención a las atribuciones otorgadas por el numeral 7) del artículo 36 de la Ley No. 340-06 y su modificación; así como también ordene participar en talleres sobre la Ley Orgánica de Administración Pública No. 247-12 y la Ley No. 107-13 sobre Derechos de las personas en sus relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo. SEXTO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes, Dirección General de Pasaportes, Consorcio Imprimerie Nationale-Nucom y a la razón social Pastoriza, S.R.L SÉPTIMO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental, a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. OCTAVO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en los portales electrónicos administrados por este Órgano Rector.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona