Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · SANTO DOMINGO
Lectura con inteligencia artificial de las actas de evaluación y adjudicación, que suelen adelantarse a los contratos de la DGCP. Verifica cada dato en el acta.
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
PRIMERO: RECHAZAR la medida cautelar interpuesta por la razón social Orange & Green Global Products, S.R.L., toda vez que no se argumenta los motivos por la cual se hace necesario la suspensión del procedimiento de contratación, tampoco demuestran los elementos para su configuración, Peligro en la demora “Periculum in mora”; Apariencia de buen derecho “Fumus Boni Iuris”; y, Ponderación de daños posibles y la…
Proceso: PROMESECAL-MAE-PEEN-2020-0026 (Adquisición de Insumos Médicos de Protección amparados bajo el…)
Empresas: Orange & Green Global Products,SRL (presentó la acción)2T Importaciones, SRLBalmes Import, SRLBioquimica Panamericana De VP, SRLCamilo Lab, S.R.L.Genéricos Del Caribe, SRLy 5 más
PRIMERO: RECHAZAR la medida cautelar interpuesto por la razon social por la razón social Orange & Green Global Products, S.R.L., tendente a suspender el Procedimiento de Excepción Emergencia Nacional Núm. PROMESE/CAL-MAE-PEEN-2020-0026, llevado a cabo para “la Adquisición de medicamentos e insumos para la prevención del COVID-19, para su uso de los profesionales de la salud, amparados bajo el Decreto Núm. 133-20, sobre Emergencia Nacional para enfrentar la propagación del coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional”, toda vez se hace por simple conclusiones al fondo, donde el recurrente no argumenta los motivos para que sea necesario la suspensión de la etapa del procedimiento. Asimismo la recurrente no señala la configuración de los elementos: Peligro en la demora “Periculum in mora”; Apariencia de buen derecho “Fumus Boni Iuris”; y, Ponderación de daños posibles y la afectación del interés general., a los fines de que este Órgano Rector suspenda el procedimiento. SEGUNDO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico presentado por la razón social Orange & Green Global Products, S.R.L., contra del acto administrativo contentivo de respuesta de impugnación contra el pliego de condiciones y suspensión provisional s/f, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones de PROMESE/CAL, en respuesta a la impugnación contra el pliego de condiciones, en el marco del Procedimiento de Excepción Emergencia Nacional Núm. PROMESE/CAL-MAE-PEEN-2020-0026, llevado a cabo para “la Adquisición de medicamentos e insumos para la prevención del COVID-19, para su uso de los profesionales de la salud, amparados bajo el Decreto Núm. 133-20, sobre Emergencia Nacional para enfrentar la propagación del coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional”, por haber sido presentado con las formalidades y en el plazo establecido en el artículo 67 numeral 1) de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. TERCERO: RECHAZAR en cuanto al fondo del el recurso jerárquico presentado por la razón social Orange & Green Global Products, S.R.L., contra del acto administrativo contentivo de respuesta de impugnación contra el pliego de condiciones y suspensión provisional s/f , emitida por el Comité de Compras y Contrataciones de PROMESE/CAL, en respuesta a la impugnación contra el pliego de condiciones, en el marco del Procedimiento de Excepción Emergencia Nacional Núm. PROMESE/CAL-MAE-PEEN-2020-0026, llevado a cabo para “la Adquisición de medicamentos e insumos para la prevención del COVID-19, para su uso de los profesionales de la salud, amparados bajo el Decreto Núm. 133-20, sobre Emergencia Nacional para enfrentar la propagación del coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional, toda vez que la recurrente no ha demostrado que el procedimiento de contratación se encuentre afectado de irregularidad que afectaren su desarrollo normal, y en vía de consecuencia, no procedería el establecimiento de sanciones a partir de lo revisado en esta resolución, sobre lo cual se resalta que este Órgano Rector solo tendría facultad de recomendar sanciones, no de ordenarlas. CUARTO: ORDENAR a PROMESE/CAL: i) publicar en el Portal Transaccional en un plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente resolución, la gestión completa de la Procedimiento de Excepción Emergencia Nacional Núm. PROMESE/CAL- MAE-PEEN-2020-0026, llevado a cabo para “la Adquisición de medicamentos e insumos para la prevención del COVID-19, para su uso de los profesionales de la salud, amparados bajo el Decreto Núm. 133-20, sobre Emergencia Nacional para enfrentar la propagación del coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional en especial el Informe de Evaluación de las ofertas técnicas y económicas, así como todos los documentos respecto del procedimiento de excepción por emergencia; ii) una vez publicado dichos documentos, notificar a esta Dirección General en un plazo de cinco (5) días hábiles contados a partir de su fecha de publicación, que los mismos ya se encuentran cargados en el Portal Transaccional. QUINTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a las partes, las razones sociales Orange & Green Cables Global Products, S.R.L., Productos Medicinales, S.R.L., IDUBOT, S.R.L., Balmes Import, S.R.L., Suplimed, S.R.L., Bioquímica Panamericana de VP, S.R.L., Genéricos del Caribe, S. R.L., Camilo Lab, S.R.L. y Unipharma, S.R.L., y el Programa de Medicamentos Esenciales y Central de Apoyo Logístico (PROMESE/CAL), para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General en www.dgcp.gob.do.
Registros de la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI) a nombre de esta empresa, según sus boletines oficiales.
Se muestran las 60 más recientes.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona