Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · DISTRITO NACIONAL
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Se acoge en cuanto al fondo la reconsideración presentada al comprobarse cumplió con la cantidad de bienes acordados y aun cuando fue constatado un incumplimiento contractual de parte de la recurrente en cuanto al tiempo acordado para la entrega de los bienes solicitados dicho incumplimiento se justifica por una causa no atribuible al proveedor, pues producto de la falta de la institución contratante de entregar el…
Proceso: EDENORTE-CCC-CP-2021-0030 (ADQUISICIÓN DE ADHESIVOS Y SELLADORES, SEGUNDA CONVOCATORIA.)
Empresas: Punto Market, SRL (presentó la acción)Empresa de Distribuidora de Electricidad del Norte, S.A.Procesadora de Semillas del Caribe, SA
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma el recurso de reconsideración interpuesto por la razón social Punto Market, S.R.L., contra la Resolución Ref. RIC-129-2023 de fecha 12 de septiembre de 2023, dictada por esta Dirección General de Contrataciones Públicas, mediante la cual se ordena la inhabilitación temporal por el periodo de dos (2) años, del Registro de Proveedor del Estado de la razón social Punto Market, S.R.L., por haber sido interpuesto con las formalidades y el plazo dispuesto en el artículo 53 de la Ley Núm. 107-13. GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS República Dominicana Dirección General Contrataciones Públicas SEGUNDO: ACOGER en cuanto al fondo el recurso de reconsideración interpuesto por la razón social Punto Market, S.R.L., contra la Resolución Ref. RIC-129-2023 de fecha 12 de septiembre de 2023, dictada por esta Dirección General de Contrataciones Públicas, al comprobarse cumplió con la cantidad de bienes acordados con la unidad de compra, pues requirió once mil doscientos noventa y un (11,291) unidades de tape de vinilo y fueron entregadas once mil quinientos treinta y seis (11,536) unidades de tape de vinilo y aun cuando fue constatado un incumplimiento contractual de parte de la recurrente en cuanto al tiempo acordado para la entrega de los bienes solicitados dicho incumplimiento se justifica por una causa no atribuible al proveedor, pues producto de la falta de la institución contratante de entregar el veinte por ciento (20%) del valor del contrato, la recurrente se vio la imposibilidad de proceder con la entrega inmediata de los tape de vinilo, conforme referido en el párrafo 41 de esta resolución, y en consecuencia, REVOCA la Resolución Ref. RIC-129-2023 de fecha 12 de septiembre de 2023, dejándola sin ningún efecto jurídico. TERCERO: ORDENAR al Departamento de Gestión de Proveedores de esta Dirección General de Contrataciones Públicas, levantar en el Portal Transaccional administrado por este Órgano Rector, la sanción de inhabilitación del Registro de Proveedor del Estado Núm. 3183, correspondiente a la razón social Punto Market, S.R.L., ordenada mediante Resolución Ref. RIC- 129-2023. CUARTO: ORDENAR la remisión formal de esta Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata, a saber: i) al Consejo Unificado de las Empresas Distribuidoras de Electricidad; ii) Empresa de Distribuidora de Electricidad del Norte, S.A., y; iii) a la razón social Punto Market, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. 1 1 1 1 1 GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS República Dominicana Dirección General Contrataciones Públicas QUINTO: REMITIR formalmente esta Resolución a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana y a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: ORDENAR que la presente Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, en www.dgcp.gob.do.
Registros de la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI) a nombre de esta empresa, según sus boletines oficiales.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona