Persona Natural · Persona Física · SANTO DOMINGO
| Proceso | Institución | Monto | Fecha | Estado |
|---|---|---|---|---|
| CONSTRUCCION DE 05 CANCHAS DEPORTIVAS, 03 FUNERARIAS Y UN CAMPO DE FUTBOL | Ayuntamiento Santo Domingo Oeste | RD$6 millones | 1 mar de 2023 | Activo |
| SERVICIO REPARACIÓN DE DESCARGA DE AGUAS NEGRAS DE LOS BANOS DE ESTA RTVD | Corporación Estatal de Radio y Televisión | RD$35,228 | 5 sept de 2019 | Cancelado |
| COMPRA Y PROGRAMACION DE TARJETA DE CONTROL DE MANDO PRINCIPAL DEL ASCENSOR DE ESTA CERTV | Corporación Estatal de Radio y Televisión | RD$92,925 | 4 sept de 2019 | Activo |
| COMPRA DE 1 MESA PARA SER INSTALADO EN EL ESTUDIO DE GRABACIÓN | Corporación Estatal de Radio y Televisión | RD$193,355 | 8 nov de 2018 | Activo |
| COMPRA Y CONFECCION DE 3 MESAS EN MADERA CAOBA | Corporación Estatal de Radio y Televisión | RD$283,540 | 26 sept de 2017 | Modificado |
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
RIC-236-2020: Se rechaza el recurso jerárquico, porque la DGCP no puede declarar ganador a un oferente, en consonancia con el artículo 34 de la Ley Núm. 340-06. Se recomiendas sanciones porque a la CPADP se le había advertido sobre el uso de estos criterios de evaluación contrarios a la normativa. Se recomienda formación.
Procesos: DESARROLLO PROVINCIA-MAE-PEUR-2019-0002 (PROYECTOS DE REPARACIÓN, REMODELACIÓN Y EL REMOZAMIENTO DE DOS (2)…)MAE-CCC-PEUR-2019-0002
Empresas: Inversiones Legosier, SRLRubén Dario Pimentel Mejía
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico presentado por el Ing. Rubén Darío Pimentel Mejía contra la Resolución Núm. CPADP/RL/001/2020 de fecha 2 de marzo de 2020, dictado por el Comité de Compras y Contrataciones de la Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollo Provincial en el marco del Procedimiento de Urgencia Núm. DESARROLLO PROVINCIA-MAE-PEUR-2019-0002, para la “Proyectos de reparación, remodelación y el remozamiento de dos (2) hogares de paso del Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (CONANI); ubicados en el Municipio Jarabacoa, provincia la Vega ” respecto deproyecto de reparación, remodelación y remozamiento del hogar de paso del Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia, ubicado en el municipio de Jarabacoa, provincia La Vega, República Dominicana Lote 2, por haber sido interpuesto con las formalidades y en el plazo del artículo 67 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do SEGUNDO: En cuanto al fondo del recurso jerárquico presentado por el Ing. Rubén Darío Pimentel Mejía contra la contra la Resolución Núm. CPADP/RL/001/2020 de fecha 2 de marzo de 2020, dictada por el Comité de Compras y Contrataciones de la Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollo Provincial en el marco del Procedimiento de Urgencia Núm. DESARROLLO PROVINCIA-MAE-PEUR-2019-0002, para el “Proyecto de reparación, remodelación y el remozamiento de dos (2) hogares de paso del Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (CONANI); ubicados en el Municipio Jarabacoa, provincia la Vega ” respecto deproyecto de reparación, remodelación y remozamiento del hogar de paso del Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia, ubicado en el municipio de Jarabacoa, provincia La Vega, República Dominicana Lote 2” RECHAZAR el pedimento de que sea declarado ganador su propuesta del lote 2, ya que para ello este Órgano Rector debe realizar una labor técnica y de ponderación de aspectos que escapan al ámbito de su competencia, como se verifica de lo establecido en el artículo 34 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, criterio de descentralización operativa, lo que es competencia exclusiva de la institución contratante, tal como fue descrito en los párrafos 60 y 61 de la presente resolución. TERCERO: DECLARAR que en el Procedimiento de Urgencia Núm. DESARROLLO PROVINCIA-MAE-PEUR-2019-0002, para el “Proyectos de reparación, remodelación y el remozamiento de dos (2) hogares de paso del Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (CONANI); ubicados en el Municipio Jarabacoa, provincia la Vega”, se constataron las irregularidades descritas en esta resolución y sintetizadas en el párrafo 62 y que sirven para identificar las debilidades del procedimiento de contratación de cara a recomendar los aspectos a fortalecer y a mejorar en procedimientos futuros. CUARTO: RECOMENDAR al presidente de la CPADP que conforme al debido proceso dispuesto en la Ley Núm. 107-13 y la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, identifique los República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do funcionarios y servidores responsables de no ceñir su actuación a las normas de contratación pública en el Procedimiento de Urgencia Núm. MAE-CCC-PEUR-2019-0002 -que hayan participado y permanezca en la actual gestión-, y en consecuencia, determine las sanciones que pudieran corresponder, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el párrafo I del artículo 65. QUINTO: RECOMENDAR al presidente de la CPADP que instruya a la Unidad de Compras y Contrataciones, posibles peritos de la institución y a su Comité de Compras y Contrataciones a participar en formaciones de capacitación sobre el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas, en especial sobre elaboración de pliego de condiciones, métodos de evaluación de las propuestas económicas en atención a las atribuciones otorgadas por el numeral 7) del artículo 36 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, relativo a la función del Órgano Rector de capacitar a las unidades operativas de las instituciones sujetas a la misma, en materia de compras y contrataciones de bienes, servicios, obras y concesiones. Así como también que ordene su participación en talleres de la Ley Núm. 107-13 sobre Derechos de las personas en sus relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo. SEXTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a las partes la Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollo Provincial, al Ing. Rubén Darío Pimentel Mejía, y la razón social Inversiones Legosier, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. SÉPTIMO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do OCTAVO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en los portales electrónicos administrados por este Órgano Rector en www.dgcp.gob.do.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
RIC-235-2020: Se rechaza el recurso jerárquico, porque la DGCP no puede declarar ganador a un oferente, en consonancia con el artículo 34 de la Ley Núm. 340-06 y además porque se verificó que existen criterios de evaluación económica con irregularidades graves que no permiten una evaluación objetiva. Se recomiendas sanciones porque a la CPADP se le había advertido sobre el uso de estos criterios de evaluación…
Procesos: DESARROLLO PROVINCIA-MAE-PEUR-2019-0001 (PROYECTOS DE REPARACIÓN DE VIVIENDAS HUMILDES Y LA CONSTRUCCIÓN DE…)MAE-CCC-PEUR-2019-0001
Empresas: Pleoroca Construcciones, S.R.L.Pleoroca Constructora, SRLRubén Dario Pimentel Mejía
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico presentado por el Ing. Rubén Darío Pimentel Mejía contra la Resolución Núm. CPADP/RL/002/2019 de fecha 6 de diciembre de 2019, dictado por el presidente del Comité de Compras y Contrataciones de la Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollo Provincial en el marco del Procedimiento de Urgencia Núm. MAE-CCC-PEUR-2019-0001, para el“Proyecto de reparación de viviendas humildes y la construcción de edificios de apartamentos para familias de escasos recursos en estado de vulnerabilidad, localizadas en el municipio y provincia la Vega ” respecto de la “Construcción de dos (2) edificios”con sesenta y cuatro (64) apartamentos tipo AH, ubicados en el Rito, municipio y provincia La vega, República Dominicana, Lote 3”, por haber sido interpuesto con las formalidades y en el plazo del artículo 67 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do SEGUNDO: En cuanto al fondo del recurso jerárquico presentado por el Ing. Rubén Darío Pimentel Mejía contra la Resolución Núm. CPADP/RL/002/2019 de fecha 6 de diciembre de 2019, dictada por el presidente del Comité de Compras y Contrataciones de la Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollo Provincial en el marco del Procedimiento de Urgencia Núm. MAE-CCC- PEUR-2019-0001, para el“Proyecto de reparación de viviendas humildes y la construcción de edificios de apartamentos para familias de escasos recursos en estado de vulnerabilidad, localizadas en el municipio y provincia la Vega ” respecto de la “Construcción de dos (2) edificios”con sesenta y cuatro (64) apartamentos tipo AH, ubicados en el Rito, municipio y provincia La vega, República Dominicana, Lote 3” RECHAZAR el pedimento de que sea declarado ganador su propuesta del lote 3, para ello esto Órgano Rector debe realizar una labor técnica y de ponderación de aspectos que escapan al ámbito de su competencia, como se verifica de lo establecido en el artículo 34 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, criterio de descentralización operativa siendo competencia exclusiva de la institución contratante y además, se verificó que existen criterios de evaluación económica con irregularidades graves que no permiten una evaluación objetiva, tal como fue descrito en los párrafos 57 y 58 de la presente resolución. TERCERO: DECLARAR que en el Procedimiento de Urgencia Núm. MAE-CCC-PEUR-2019- 0001, para el“Proyecto de reparación de viviendas humildes y la construcción de edificios de apartamentos para familias de escasos recursos en estado de vulnerabilidad, localizadas en el municipio y provincia la Vega ”, se constataron las irregularidades descritas en esta resolución y sintetizadas en el párrafo 59 y que sirven para identificar las debilidades del procedimiento de contratación de cara a recomendar los aspectos a fortalecer y a mejorar en procedimientos futuros. CUARTO: RECOMENDAR al presidente de la CPADP que conforme al debido proceso dispuesto en la Ley Núm. 107-13 y la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, identifique los República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do funcionarios y servidores responsables de no ceñir su actuación a las normas de contratación pública en el Procedimiento de Urgencia Núm. MAE-CCC-PEUR-2019-0001 -que hayan participado y permanezca en la actual gestión-, y en consecuencia, determine las sanciones que pudieran corresponder, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el párrafo I del artículo 65. QUINTO: RECOMENDAR al presidente de la CPADP que instruya a la Unidad de Compras y Contrataciones, posibles peritos de la institución y a su Comité de Compras y Contrataciones a participar en formaciones de capacitación sobre el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas, en especial sobre elaboración de pliego de condiciones, métodos de evaluación de las propuestas económicas en atención a las atribuciones otorgadas por el numeral 7) del artículo 36 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, relativo a la función del Órgano Rector de capacitar a las unidades operativas de las instituciones sujetas a la misma, en materia de compras y contrataciones de bienes, servicios, obras y concesiones. Así como también que ordene su participación en talleres de la Ley Núm. 107-13 sobre Derechos de las personas en sus relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo. SEXTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a las partes la Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollo Provincial, al Ing. Rubén Darío Pimentel Mejía, y la razón social Pleoroca Construcciones, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. SÉPTIMO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do OCTAVO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en los portales electrónicos administrados por este Órgano Rector en www.dgcp.gob.do.
RECHAZAR en cuanto al fondo la solicitud de medida cautelar presentada por el Ing. Rubén Darío Pimentel Mejía contra la Resolución Núm. CPADP/RL/002/2019 emitida por la Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollo Provincial (CPADP), y que persigue suspender los efectos del “contrato de obra” suscrito con la razón social Pleoroca Constructora, S.R.L., en el marco del Procedimiento de Urgencia Núm. DESARROLLO…
Proceso: PROVINCIAL-MAE-PEUR-2019-0001
Empresas: Arbores, SRLPleoroca Constructora, SRLRubén Dario Pimentel Mejía
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma la solicitud de medida cautelar presentada por el Ing. Rubén Darío Pimentel Mejía por haber sido realizada de acuerdo a las formalidades requeridas por la normativa. República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdomirucana.gob.do I www.dgcp.gob.do SEGUNDO: RECHAZAR en cuanto al fondo la solicitud de medida cautelar presentada por el Ing. Rubén Darío Pimentel Mejía contra la Resolución Núm. CPADP/RL/002/2019 emitida por la Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollo Provincial (CPADP), y que persigue suspender los efectos del “contrato de obra” suscrito con la razón social Pleoroca Constructora, S.R.L., en el marco del Procedimiento de Urgencia Núm. DESARROLLO PROVINCIAL-MAE-PEUR-2019- 0001, llevado a cabo por dicha institución, para la “construcción de dos (2) edificios con sesenta y cuatro (64) apartamentos tipo AH, ubicados en el Riito, municipio y provincia de La Vega, Republica Dominicana, LOTE 3”, toda vez que, no ha sido probado el peligro inminente de esperar la decisión de fondo, además, para verificar si hay apariencia de buen derecho se requiere de un examen de fondo que no puede realizarse preliminarmente y tampoco se ha probado el daño que ocasionaría al interés general el no adoptar la medida cautelar solicitada, o que solo se garantizaría de así hacerlo. TERCERO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata, el Ing. Rubén Darío Espinal Mejía, la Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollo Provincial (CPADP), y la razón social Pleoroca Constructora, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENAR que la presente resolución sea publicada en los portales electrónicos administrados por esta Dirección General de Contrataciones Públicas, en www.comprasdominicana.gob.do y en www.dgcp.gob.do. República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdomirucana.gob.do I www.dgcp.gob.do