Persona Natural · Persona Física · SÁNCHEZ RAMÍREZ
| Proceso | Institución | Monto | Fecha | Estado |
|---|---|---|---|---|
| Construcción del mercado municipal | Ayuntamiento Municipal de Cotuí | RD$55.1 millones | 4 jun de 2021 | Activo |
| EJECUTAR TREINTA (30) OBRAS EN DIFERENTES SECTORES DEL MUNICIPIO, OFERTADAS POR EL AYUNTAMIENTO SANTO DOMINGO ESTE… | Ayuntamiento Santo Domingo Este | RD$3.4 millones | 8 jun de 2018 | Activo |
Lectura con inteligencia artificial de las actas de evaluación y adjudicación, que suelen adelantarse a los contratos de la DGCP. Verifica cada dato en el acta.
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Se declara la falta del Ayuntamiento Municipal de Fantino de no emitir una respuesta en cuanto al recurso de impugnación presentado por la recurrente lo cual implica una transgresión a los preceptos constitucionales de buena administración, tutela judicial efectiva y debido proceso, asimismo violación a la ley que rige la materia y la ley 107-13. Se rechaza, debido a que, el recurrente refiere que resultó…
Proceso: AMDF-CCC-CP-2022-0003 (CONSTRUCCION DE OBRAS VARIAS)
Empresas: Ingarben, SRLVicente Antonio Luna Javier
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico por silencio administrativo presentado por el Ing. Vicente Antonio Luna Javier contra el Procedimiento por Comparación de Precios Núm. AMDF-CCC-CP-2022-0003, llevado a cabo para la “Construcción de obras varias”, por haber sido interpuesto de acuerdo con las formalidades requeridas en la normativa. SEGUNDO: En cuanto al fondo del recurso jerárquico presentado por el Ing. Vicente Antonio Luna Javier, el mismo queda rechazado, al considerar que no se constata el mérito de sus alegatos, tal como fue expuesto en los párrafos 32 y 45 de la presente. TERCERO: DECLARAR que el Ayuntamiento Municipal de Fantino incurrió en silencio administrativo al no dar respuesta a la impugnación presentada por el Ing. Vicente Antonio Luna Javier, en ocasión del recurso de impugnación presentado contra el acta de adjudicación, lo cual constituye una transgresión a preceptos constitucionales sobre la tutela judicial efectiva y el cumplimiento del debido proceso, así como una violación al artículo 67 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones y al artículo 28 de la Ley Núm. 107-13. CUARTO: ORDENAR al Ayuntamiento Municipal de Fantino a: i) publicar en el Portal Transaccional en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente Resolución, la gestión completa del procedimiento de que se trata, en especial, las ofertas y el acta de adjudicación; ii) una vez publicados dichos documentos, notificar a esta :ffl: //ji\\ . ' . . . GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS Dirección General Contrataciones Públicas Dirección General en un plazo de cinco (5) días hábiles contados a partir de su fecha de publicación, que ya se encuentran disponibles en el Portal Transaccional. QUINTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a las partes envueltas, al Ayuntamiento Municipal de Fantino, a el Ing. Vicente Antonio Luna Javier y a los adjudicatarios del procedimiento, para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, www.dgcp.gob.do.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Solicitud de medida cautelar presentada por el señor Vicente Antonio Luna Javier, tendente a suspender el Lote II del procedimiento por Comparación de Precios Núm. AMDF-CCC-CP-2022-0003, llevada a cabo por el Ayuntamiento Municipal de Fantino, para la “Construcción de obras administrativas, fomisar y presupuesto participativo”, hasta tanto se dé respuesta a su recurso jerárquico. No han sido constatados los…
Proceso: AMDF-CCC-CP-2022-0003 (CONSTRUCCION DE OBRAS VARIAS)
Empresas: Ingarben, SRLVicente Antonio Luna Javier
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma la solicitud de medida cautelar presentada por el señor Vicente Antonio Luna Javier, por haber sido presentada de acuerdo con las formalidades requeridas por la normativa. SEGUNDO: RECHAZAR en cuanto al fondo la solicitud de medida cautelar presentada por el señor Vicente Antonio Luna Javier, tendente a suspender el Lote II del procedimiento por Comparación de Precios Núm. AMDF-CCC-CP-2022-0003, llevado a cabo por el Ayuntamiento Municipal de Fantino, para la “Construcción de obras administrativas, fomisar y presupuesto participativo”, hasta tanto se dé respuesta a su recurso jerárquico por silencio administrativo, debido a que, a que a pesar de haber constatado la apariencia de buen derecho “fumus boni iuris”, no se no ha sido motivado el peligro en la demora “periculum in mora”, y no se han presentado alegatos ni pruebas respecto al daño que ocasionaría al interés general la no suspensión, o que solo se garantizaría de así hacerlo. • • 1 •• GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS Dirección General Contrataciones Públicas TERCERO: ORDENAR la remisión formal de esta Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata: i) al recurrente, señor Vicente Antonio Luna Javier; ii) al Ayuntamiento Municipal de Fantino, y; iii) a la adjudicataria del Lote II, la razón social Ingarben, S.R.L., para su conocimiento y los fines de lugar. CUARTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, www.dgcp.gob.do.