Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · DISTRITO NACIONAL
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Se rechazó un medio de inadmisión sustentado en la extemporaneidad ya que el recurso sí fue presentado dentro del plazo establecido en el artículo 67 de la ley. En cuanto al fondo, se evidenció que el procedimiento se realizó en una etapa única, cuando pudo haber sido en etapa múltiple para así evaluar muestras de todos los requerimientos, y asegurarse que los oferentes cumplen previo a la adjudicación. De igual…
Proceso: INAPA-CCC-LPN-2018-0006 (ADQUISICION DE ALMUERZO, REFRIGERIOS, PICADERAS Y CATERING PARA LOS…)
Empresas: P.A. Catering, SRL (presentó la acción)Esplendor Fiesta, SRLFancy Events, SRL
PRIMERO: RECHAZAR el medio de inadmisión planteado por INAPA y sustentando en la extemporaneidad del recurso jerárquico presentado por la razón social P.A. CATERING, S.R.L., debido a que el recurso sí fue presentado dentro del plazo establecido en el artículo 67 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. SEGUNDO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico presentado por la razón social P.A. CATERING, S.R.L. contra el Resolución Núm. 9/2018 de fecha 6 de septiembre de 2018, dictado por el Comité de Compras y Contrataciones de INAPA, en el marco del procedimiento por Licitación Pública Nacional Núm. INAPA-CCC-LPN-2018-0006 llevado a cabo para la “adquisición de almuerzo, refrigerios, picaderas y catering para los eventos y actividades del INAPA a realizarse durante el año 2018” por haber sido interpuesto con las formalidades y en el plazo del artículo 67 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do TERCERO: En cuanto al fondo del recurso jerárquico presentado por la razón social P.A. CATERING, S.R.L. ACOGER PARCIALMENTE sus pedimentos, en consecuencia: i. Se ACOGE su pedimento de “revisar el proceso de contratación de referencia, a los fines de que se verifiquen los criterios de evaluación, el acto de inhabilitación, y la posterior adjudicación” lo cual ha sido satisfecho con la revisión de legalidad detallada en la presente resolución. ii. Se RECHAZA su pedimento de cancelar el procedimiento, debido a que surtió sus efectos, como se explica en los párrafos 71 y 71 de esta Resolución.; CUARTO: DECLARAR que en el procedimiento por Licitación Pública Nacional Núm. INAPA- CCC-LPN-2018-0006 llevado a cabo para la “adquisición de almuerzo, refrigerios, picaderas y catering para los eventos y actividades del INAPA a realizarse durante el año 2018”” se constataron las irregularidades descritas en esta resolución y sintetizadas en los párrafos 64 y 65 de esta Resolución que sirven para que el INAPA las tome en cuenta para mejorar futuros procedimientos de contratación. QUINTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a las partes, la razón social P.A. CATERING, S.R.L. y al Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados (INAPA) y a los adjudicatarios, la razones sociales Esplendor Fiesta, S.R.L. y Fancy Events, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do SEXTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. SÉPTIMO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal administrado por este Órgano Rector en www.dgcp.gob.do.
Registros de la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI) a nombre de esta empresa, según sus boletines oficiales.
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona