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El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Proveedor del Estado · RPE 16255

SINDICATO DE CHOFERES PROPIETARIOS DE MINIBUSES LA ALTAGRACIA (SICHOPROLA).

Persona Jurídica · Sociedades Comerciales

Inscripción cancelada en el Registro de Proveedores del Estado

—adjudicado · 0 contratos vigentes
0ofertas presentadas
20 jul de 2011inscrita como proveedora

Resoluciones de la DGCP (1)

Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.

  • Resolución RIC-199-2026Recurso jerárquicoEsta empresa: mencionada

    Emitida el 5 sept de 2026 · Policia Nacional

    Ordena reevaluarDa la razón al reclamante

    Se rechaza el medio de inadmisión planteado por la Dirección General de la Policía Nacional, al determinarse que el recurso fue interpuesto dentro del plazo legal; asimismo, se acoge en cuanto a la forma el recurso jerárquico impropio presentado por Totalenergies Marketing Dominicana, S.A. En cuanto al fondo, se acoge el pedimento de anular la comunicación s/n de fecha 1 de mayo de 2026, el Acta Núm. 225-2026, de…

    Proceso: POLICIA NACIONAL-CCC-LPN-2026-0002 (ADQUISICIÓN DE COMBUSTIBLES)

    Empresas: Totalenergies Marketing Dominicana, S.A. (presentó la acción)Gas Antillano, S.A.S.Next Dominicana, SAPetromovil, S.A.Sigma Petroleum Corp, SASSINDICATO DE CHOFERES PROPIETARIOS DE MINIBUSES LA ALTAGRACIA (SICHOPROLA).y 1 más

    Resolución original (PDF)
    Lo que resolvió la DGCP

    PRIMERO: RECHAZAR el medio de inadmisión presentado por la Dirección General de la Policía Nacional relativo a que la empresa Totalenergies Marketing Dominicana, S.A., tendente a que sea declarado extemporáneo el presente recurso jerárquico impropio, toda vez de que la recurrente presentó su instancia dentro del plazo hábil establecido en el artículo 208 de la Ley Núm. 47-25, tal y como fue indicado en la presente resolución. SEGUNDO: ACOGER en cuanto a la forma el recurso jerárquico presentado por la razón social social Totalenergies Marketing Dominicana, S.A. contra la comunicación s/n de fecha 1ero. de mayo de 2026, emitida por el Comité de Contrataciones Públicas de la Dirección General de la Policía Nacional en respuesta a su recurso de reconsideración, en el marco del procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. POLICIA NACIONAL-CCC-LPN-2026-0002, llevado a cabo para la “Adquisición de combustibles”, por haber sido interpuesto de acuerdo a las formalidades requeridas en la normativa. TERCERO: En cuanto al fondo del recurso jerárquico presentado por la razón social Totalenergies Marketing Dominicana, S.A., esta Dirección General decide: i. ACOGER el pedimento de anular la comunicación s/n de fecha fecha lero. de mayo de 2026, emitida por el Comité de Contrataciones Públicas de la Dirección General de la Policía Nacional en respuesta al recurso de reconsideración interpuesto Totalenergies Marketing Dominicana, S.A., así como el Acta Núm. 225-2026 de fecha 6 de abril de 2026, mediante la cual se aprueba el informe definitivo de evaluación técnica y el Acta de Adjudicación Núm. 235-2026 de fecha 13 de abril de 2026, en cuanto a los ítems 1, 2 y 3, por los motivos expuestos en la presente decisión. ii. ACOGER el pedimento de ordenar reevaluación de las ofertas de los ítems 1, 2 y 3 del procedimiento, con apego irrestricto al marco legal de las contrataciones públicas en la República Dominicana y las consideraciones de la presente resolución, EN CONSECUENCIA, ORDENAR al Comité de Contrataciones Públicas de la Dirección General de la Policía Nacional retraer el procedimiento, respecto a los ítems 1, 2 y 3, a la etapa de evaluación técnica y emitir los actos administrativos correspondientes a una nueva evaluación y adjudicación. CUARTO: Para evitar que la garantía el cumplimiento del debido proceso administrativo en las contrataciones públicas ocasione un perjuicio de igual o peor magnitud al interés general envuelto en el objeto del contrato en cuestión por causa de un desabastecimiento de combustible en la Policía Nacional, este Órgano Rector decide que la efectividad de la nulidad de la contratación sea diferida en el tiempo, por tanto, la Dirección General de la Policía Nacional tendrá un plazo de treinta (30) días hábiles para llevar a cabo la reevaluación de las ofertas, el dictado de una nueva acta de adjudicación y posibles nuevos contratos que suscribir y registrar en la Contraloría General de la República, esto para que se tomen los reparos de lugar y el interés general no se vea gravemente afectado a consecuencia de la presente decisión. PÁRRAFO: Para el cumplimiento de todo lo anterior, esta Dirección General de Contrataciones Públicas estará atenta a acompañar, monitorear y dar seguimiento a la Dirección General de la Policía Nacional, que al término del plazo otorgado de treinta (30) días hábiles, deberá informar al Órgano Rector de las diligencias realizadas sobre este particular. QUINTO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata: i) a la recurrente, la razón social social Totalenergies Marketing Dominicana, S.A.; ii) a la Dirección General de la Policía Nacional y; iii) a las adjudicatarias en el marco del procedimiento de referencia, Next Dominicana, S.A., Gas Antillano, S.A.S., Sigma Petroleum Corp, S.A.S., y Petromovil, S.A., para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución: i) a la Contraloría General de la República; ii) a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. SÉPTIMO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, www.dgcp.gob.do.

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona