Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · SANTO DOMINGO
Lectura con inteligencia artificial de las actas de evaluación y adjudicación, que suelen adelantarse a los contratos de la DGCP. Verifica cada dato en el acta.
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Resolución No. 71-2016 que RECHAZAR las conclusiones presentadas por la razón social MKS Maskesoluciones S.R.L., en lo referente la adjudicación de los ítems correspondientes a “300 resmas de papel hilo blanco 8 ½ x 11” y “2,000 corrector líquido tipo lápiz”, respectivamente, del procedimiento por Comparación de Precios No. MISPAS-CCC-CP-03-2015, llevado a cabo por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social…
Proceso: MISPAS-CCC-CP-03-2015
Empresas: MKS Maskesoluciones, SRL (presentó la acción)Soluciones Diversas Metropolitanas SDM S.R.L. (presentó la acción)AVG Comercial, SRLBriabel Solutions Group, SRLCompu-Office Dominicana, SRLF & G Office Solutions S.R.L.y 2 más
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma el recurso jerárquico incoado por la razón social MKS Maskesoluciones S.R.L., en fecha en fecha 25 de marzo del 2015, en relación al procedimiento por Comparación de Precios No. MISPAS-CCC-CP-03-2015, llevado a cabo por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MISPAS) para la "Compra de Material Gastable de Oficina", por haber sido interpuesto en el plazo y con las formalidades de la Ley No. 340-06, sobre compras y contrataciones de bienes, servicios, obras y concesiones, modificada por la Ley No. 449-06 y su Reglamento de aplicación aprobado mediante Decreto No. 543-12. SEGUNDO: En cuanto al fondo, RECHAZAR las conclusiones presentadas por la razón social MKS Maskesoluciones S.R.L., en lo referente la adjudicación de los ítems correspondientes a "300 resmas de papel hilo blanco 8 ½ x 11" y "2,000 corrector líquido tipo lápiz", respectivamente, del procedimiento por Comparación de Precios No. MISPAS-CCC-CP-03-2015, llevado a cabo por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MISPAS), toda vez que este Órgano Rector ha podido comprobar que el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MISPAS) no cumplió con el debido proceso administrativo exigido en materia de compras y contrataciones públicas, al omitir establecer las especificaciones técnicas y criterios de evaluación de los bienes a adquirir, en consecuencia no ha sido posible verificar si procedió acorde con la normativa vigente al declarar desierto el ítem "300 resmas de papel hilo blanco 8 ½ x 11" y adjudicar el ítem No. "2,000 corrector líquido tipo lápiz", respectivamente. TERCERO: En cuanto al proceso DECLARAR que el MISPAS en el procedimiento por Comparación de Precios No. MISPAS-CCC-CP-03-2015 no cumplió con el debido proceso administrativo, inobservando las siguientes normativas: [firma] iii. De la Ley No 340-06 y su modificación: a) El párrafo II del artículo 8 por evaluar las ofertas presentadas para los ítems Nos. 14 y 36 correspondientes a "300 resmas de papel hilo blanco 8 ½ x 11" y "2,000 corrector líquido tipo lápiz" con criterios distintos a los establecidos en los términos de referencia. b) El numeral 4 del artículo 3 toda vez no estableció criterios de evaluación claros para la evaluación de las ofertas técnicas y económicas. c) El párrafo II del artículo 30 por haber requerido como garantía de seriedad de la oferta y de fiel cumplimiento un cheque certificado y no una póliza de seguro o una garantía bancaria. d) El artículo 15 debido a que no dejó constancia de: 1) la evaluación de las ofertas técnicas; 2) la descalificación de las razones sociales Last Minute Solutions LMS S.R.L. y Briabel Solutions Group S.R.L., y 3) la ponderación de las garantías de seriedad de la oferta presentadas. e) El artículo 23 sobre el contenido del acto de apertura de ofertas económicas "Sobre B" en cuanto a que omitió indicar las garantías de seriedad de las ofertas contenidas. f) El artículo 13 al remitir el expediente administrativo incompleto a este Órgano Rector, sin de la debida justificación iv. Del Reglamento de Aplicación No. 543-12: a) El artículo 88 al evaluar las ofertas de los ítems correspondientes a "300 resmas de papel hilo blanco 8 ½ x 11" y "2,000 corrector líquido tipo lápiz", respectivamente, con criterios distintos a los establecidos en los términos de referencia. [firma] www.comprasdominicana.gob.do | www.dgcp.gob.do b) El artículo 36 con relación a la conformación irregular del Comité de Compras y Contrataciones, toda vez que no figuran presente y tampoco representados la Máxima Autoridad y el Responsable del Área de planificación del MISPAS. c) El párrafo del artículo 13 por establecer en el pliego de condiciones que los oferentes no tenían que estar inscritos en el Registro de Proveedores del Estado al momento de presentar propuestas, sino que podrían subsanarlo en la adjudicación. d) El párrafo II del artículo 91 sobre la notificación oportuna a los oferentes de los documentos a subsanar. CUARTO: RECOMENDAR a la Ministra de Salud Pública y Asistencia Social., aplicar las disposiciones legales contenidas en el artículo 65 de la Ley No. 340-06 y su modificación, así como también las disposiciones de la Resolución No. 6/2009 de la Dirección General de Contrataciones Públicas, y en consecuencia proceda a investigar y sancionar a los funcionarios responsables de no ceñir su actuación a las normas del debido proceso administrativo en el procedimiento Comparación de Precios No. MISPAS-CCC-CP-03-2015, llevado a cabo por ese órgano para la "Compra de Material Gastable de Oficina, considerando las irregularidades evidenciadas en la presente resolución. QUINTO: RECOMENDAR a la Ministra de Salud Pública y Asistencia Social (MISPAS), que ordene que a la Unidad de Compras y Contrataciones y al Comité de Compras y Contrataciones, su participación en talleres de capacitación sobre el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas de la República Dominicana impartidos por la Dirección General de Contrataciones Públicas, en especial un taller sobre elaboración de términos de referencias y criterios de evaluación y en talleres de la Ley Orgánica de Administración Pública No. 247-12 y la Ley No. 107-13 sobre Derechos de las personas en sus relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo. [firma] SEXTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MISPAS), para su conocimiento y fines de lugar. SÉPTIMO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la parte recurrente, razón social MKS Maskesoluciones S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. OCTAVO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a las razones sociales adjudicatarias: Office 5 del Caribe S.R.L., AVG Comercial S.R.L., y Compu-Office Dominicana S.R.L. NOVENO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fines de lugar. DÉCIMO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Cámara de Cuentas de la República, para su conocimiento y fines de lugar. DÉCIMO PRIMERO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental, para su conocimiento y fines de lugar.
Registros de la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI) a nombre de esta empresa, según sus boletines oficiales.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona