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Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Se rechaza, debido a que aun teniendo merito uno de sus alegatos para realizar la reevaluación y posterior adjudicación este Órgano Rector tendría que realizar una labor técnica y de ponderación de aspectos que escapan el ámbito de su competencia Se rechaza sin hacer constar en el dispositivo de la resolución el pedimento relativo a que esta Dirección General debe establecer una investigación, toda vez que las…
Procesos: SENPA-CCC-CP-2022-0004 (Contratación de Servicio de Comunicación por Radio)SENPA-CCC-CP-2022-0004-3
Empresas: DGI Telecom Solutions, SRL (presentó la acción)Reptcom, SRL (adjudicataria del proceso)
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico presentado por la razón social DGI Telecom Solutions, S.R.L., contra el acto administrativo Núm. SENPA-CCC-CP-2022-0004-3 de fecha 8 de marzo de 2022, emitido por el Comité de Compras y Contrataciones del del Servicio Nacional de Protección Ambiental (SENPA), que da respuesta a su recurso de impugnación, en el marco del procedimiento por Comparación de Precios Núm. SENPA-CCC-CP-2022-0004, para la “Contratación de servicio de comunicación por radio a nivel nacional”, por haber sido interpuesto de acuerdo a las formalidades requeridas en la normativa. SEGUNDO: En cuanto al fondo del recurso jerárquico presentado por la razón social DGI Telecom Solutions, S.R.L., RECHAZAR el pedimento de que se le adjudique el procedimiento en referencia, ya que aun teniendo merito uno de sus alegatos para evaluar y adjudicar ofertas este GOBIERNO DE LA REP BLICA DOMINICA A HACIENDA DIRECCIÓ GENERAL DE CO TRATACIO S P. BLICAS DiA!CcicnC,,.,,,,.;sl ContratDdlOncs Publlc"" Órgano Rector debería realizar una labor técnica y de ponderación de aspectos que escapan del ámbito de su competencia, toda vez que se trata de una facultad exclusiva de la institución contratante. No obstante, por el mérito del alegato respecto a la garantía de seriedad de la oferta, puesto que se adjudicó con base a una oferta cuya garantía no debió ser admitida, esta Dirección General establece que procede la nulidad del “informe de evaluación de económica”, por lo que ANULA dicho informe, siempre y cuando los servicios objeto de la contratación no hayan sido ejecutados en su totalidad, conforme a lo expuesto en los párrafos 67 al 69 de esta Resolución. TERCERO: ORDENAR al Servicio Nacional de Protección Ambiental (SENPA): i) publicar en el Portal Transaccional en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente Resolución, la gestión completa del proceso de compra y contratación, en especial, el informe de evaluación económica; y ii) una vez publicado dicho documento, notificar a esta Dirección General en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles contados a partir de su fecha de publicación, que ya se encuentra cargado en el Portal Transaccional. CUARTO: RECOMENDAR a la máxima autoridad del Servicio Nacional de Protección Ambiental (SENPA), promover e instruir a los miembros del Comité de Compras y Contrataciones, a los posibles peritos, y a la unidad de compras de dicha institución, a que participen en formaciones y actualizaciones sobre Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones que instituye el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas (SNCCP) para su correcta aplicación. Así como también promover formaciones y actualizaciones sobre la Ley Orgánica de la Administración Pública Núm. 247-12, la Ley Núm. 107-13 sobre Derechos de las personas en sus relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo, y demás normativas vigentes que regulan la Administración Pública. Transcurridos seis (6) meses a partir de la recepción de la presente resolución, deberá notificar a este Órgano Rector los servidores y funcionarios públicos que han recibido dichas formaciones. GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS C.recciól'IGcfi~III. Corltrotodoncs Públicas QUINTO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata: i) a la recurrente DGI Telecom Solutions, S.R.L.; ii) al Servicio Nacional de Protección Ambiental (SENPA), y; iii) a la adjudicataria Reptcom, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, www.dgcp.gob.do.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona