Persona Natural · Persona Física · DISTRITO NACIONAL
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Resolución No. 26-2016 que DECLARA la inadmisión sobrevenida del recurso jerárquico presentado por el Ing. Ángel Félix Nin Segura, porque la causa que dio origen al mismo, esto es la inactividad y consecuente silencio administrativo por parte del Ministerio de Educación (MINERD) ha desaparecido, toda vez que dicho órgano público, luego de 105 días calendarios de haberse interpuesto el recurso de impugnación contra…
Proceso: ME-CCC-LPN-2014-14-GD
Empresa: Angel Felix Nin Segura
PRIMERO: DECLARAR, como al efecto DECLARA la inadmisión sobrevenida del recurso jerárquico presentado por el Ing. Ángel Félix Nin Segura, porque la causa que dio origen al mismo, esto es la inactividad y consecuente silencio administrativo por parte del Ministerio de Educación (MINERD) ha desaparecido, toda vez que dicho órgano público, luego de 105 días calendarios de haberse interpuesto el recurso de impugnación contra la adjudicación de los lotes 8, 10 y 13 del procedimiento de Licitación Pública Nacional No. ME-CCC-LPN-2014-14-GD, para la "Reparación de 1,907 Aulas, Construcción de 222 nuevas y de 39 Cocinas-Comedores en 152 Centros Educativos existentes a Nivel Nacional", la institución contratante ha respondido mediante Resolución No. 24- 2015 de fecha 7 de septiembre de 2015 la impugnación presentada. SEGUNDO: ORDENAR como al efecto ORDENA, la remisión formal de la presente resolución al Ministerio de Educación (MINERD) para su conocimiento y fines de lugar. Dirección General CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gov.do | www.dgep.gob.do TERCERO: ORDENAR como al efecto ORDENA, la remisión formal de la presente resolución a la parte recurrente, Ing. Ángel Félix Nin Segura, por vía de sus representantes Licdos. Luis Felipe Concepción M. y Carlos Eduardo Terrero, para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: ORDENAR como al efecto ORDENA, la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENAR como al efecto ORDENA, la remisión formal de la presente resolución a la Cámara de Cuentas de la República, para su conocimiento y fines de lugar.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona