Persona Jurídica · Sociedades Comerciales
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
En cuanto al fondo, la DGCP acoge el pedimento de nulidad, declarando nulo el procedimiento de referencia y todos sus actos jurídicos, debido a la existencia de irregularidades en la evaluación de ofertas, la omisión del acto de aprobación del informe de evaluación técnica, y, más gravemente, a que la suma del contrato es tres veces mayor al monto total estimado de la contratación y a la oferta económica. No…
Proceso: AYUNTAMIENTO SAN P.-CCC-LPN-2025-0001 (ADQUISICION DE SERVICIO DE RECOLECCION DE RESIDUOS SOLIDOS DEL…)
Empresas: Kwc Waste Management Solutions, SRL (presentó la acción)RJC Clear, SRL (adjudicataria del proceso)
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, la solicitud de investigación presentada por la razón social KWC Waste Management Solutions, S.R.L., contra el procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. Ayuntamiento San P.-CCC-LPN-2025-0001, llevada a cabo por el Ayuntamiento Municipal de San Pedro de Macorís para la “adquisición de servicio de recolección de residuos sólidos del municipio de San Pedro de Macorís, tramitado por el Ayuntamiento Municipal de San Pedro de Macorís”, por haber sido interpuesta de acuerdo con las formalidades requeridas por la normativa. SEGUNDO: En cuanto al fondo de la solicitud de investigación contra el procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. Ayuntamiento San P.-CCC-LPN-2025-0001: i. ACOGE pedimento de la denunciante que se inicie una investigación administrativa en cuanto al procedimiento de referencia y el contrato suscrito entre la entidad contratante y el adjudicatario, por lo que esta Dirección General da por satisfecho dicho pedimento, al haber llevado a cabo la investigación requerida, la cual está contenida en la presente decisión. ii. ACOGE el pedimento de se declare la nulidad del procedimiento de referencia y de todos los actos jurídicos elaborados en ocasión al mismo, en atención de que se evidenciaron irregularidades en la evaluación de las ofertas, no se emitió el acto de aprobación del informe de evaluación técnica y, lo más gravoso, que se constataron irregularidades en cuanto a la configuración presupuestaria, lo que llevó a que la suma del contrato sea tres veces mayor tanto al monto total estimado de la contratación, como al de la oferta económica y la adjudicación. PÁRRAFO I: Sin menoscabo a lo anterior, el contrato suscrito entre el Ayuntamiento Municipal de San Pedro de Macorís y la razón social RJC Clear, S.R.L. permanecerá surtiendo efectos jurídicos por un plazo de cuarenta y cinco (45) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de notificación de esta resolución, período en el cual el Ayuntamiento Municipal de San Pedro de Macorís, deberá llevar a cabo la convocatoria y ejecución de un procedimiento de contratación pública conforme a la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. PÁRRAFO II: El el Ayuntamiento Municipal de San Pedro de Macorís, deberá reconocer a la razón social RJC Clear, S.R.L., los pagos correspondientes a los compromisos asumidos y ejecutados hasta el instante en que esta última dejare de proporcionar el servicio. TERCERO: ORDENAR a la máxima autoridad del Ayuntamiento Municipal de San Pedro de Macorís promover e instruir a los miembros del Comité de Compras y Contrataciones, a los posibles peritos, y a la unidad de compras de dicha institución, a que participen en formaciones y actualizaciones sobre la normativa del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas (SNCCP) y la funcionalidad del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) para su correcta aplicación. Así como también promover formaciones y actualizaciones sobre la Ley Orgánica de la Administración Pública Núm. 247-12, la Ley Núm. 107-13 sobre Derechos de las personas en sus relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo, y demás normativas vigentes que regulan la Administración Pública. Transcurridos seis (6) meses a partir de la recepción de la presente Resolución, deberá notificar a este Órgano Rector los servidores y funcionarios públicos que han recibido dichas formaciones. CUARTO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata: i) a la solicitante la razón social KWC Waste Management Solutions, S.R.L; ii) al Ayuntamiento Municipal de San Pedro de Macorís, y; iii) a la razón social RJC Clear, S.R.L. en su calidad de adjudicatario, para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a: i) la Contraloría General de la República, ii) a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana; iii) el Ministerio Administrativo de la Presidencia; iv) La Liga Municipal Dominicana; v) a la Procuraduría General de la República Dominicana, y; vi) a la Unidad Antifraude de la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, www.dgcp.gob.do.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona