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Abriendo la ficha…

Pliego

INAIPI-CCC-SI-2024-0016 ESPECIFICACIONES TECNICAS ALIMENTOS Y BEBIDAS.pdf

SUMINISTRO Y DISTRIBUCION DE ALIMENTOS PARA LOS CENTROS CAIPI Y CAFI DE LA ZONA ORIENTAL · Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia

Publicado el 17 dic de 2024Fechado el 12 dic de 202468 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso INAIPI-CCC-SI-2024-0018

Lo que dice

El documento contiene especificaciones técnicas para alimentos y bebidas del INAIPI, con fecha 2024-12-13, destinadas a orientar el suministro y distribución de productos para centros CAIPI y CAFI. Describe requisitos de calidad, presentación, almacenamiento y conservación; no identifica oferentes, adjudicaciones ni cambios al pliego o al cronograma.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentos

Requisitos de producto que no se evaluarían inicialmente

Documento del 17 dic 2024 · hace 1 año

En varias fichas, entre ellas las de pepino, huevos y néctar, se indica que ciertos requisitos no serán evaluados inicialmente y que INAIPI puede evaluarlos posteriormente. Conviene verificar qué requisitos quedan diferidos y en qué momento se aplican, pues pueden afectar la comprobación uniforme de conformidad técnica antes de la adjudicación.

“ESTOS REQUISITOS NO SERAN EVALUIADOS INICIALMENTE SIN EMBARGO INAIPI PUEDE DISPONER EVALUACIONES A POSTERIOR COMO MEDIO DE VERIFICACION”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 78 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 78 — Oferta más conveniente

Artículo 78. Oferta más conveniente. La evaluación de las ofertas procurará que la adjudicación recaiga sobre aquella que resulte más conveniente, entendida como la que constituye una mejor relación, calidad-costo, menor precio o basada en calidad, según corresponda, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos. Párrafo I. De acuerdo con lo establecido en párrafo I del artículo 26 de la ley, cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común y estandarizado, se entenderá en principio, como oferta más conveniente aquella que cumpliendo los aspectos y condiciones técnicas establecidas en el pliego de condiciones, incluidos los criterios de sostenibilidad fijados,…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

Referencia a marca en la especificación del envase del néctar

Documento del 17 dic 2024 · hace 1 año

La ficha denomina el producto «UHT Tetrapack» y exige ese tipo de envase sin incluir en este texto la expresión «o equivalente». Debe verificarse si «Tetrapack» se usa como descripción genérica del envase aséptico o como referencia a una marca, pues la segunda interpretación podría limitar las alternativas de suministro.

“PRODUCTO: NECTAR DE FRUTAS, UHT Tetrapack”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

Texto oficial completo

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ContextoHallazgo en documentos

Característica de aceite refinado en ficha de aceite extra virgen

Documento del 17 dic 2024 · hace 1 año

La ficha identifica el producto como aceite de oliva extra virgen, pero describe su aspecto como característico de aceites refinados. La diferencia entre la denominación del producto y la característica exigida requiere aclaración para aplicar un estándar técnico uniforme.

“PRODUCTO: ACEITE DE OLIVA EXTRA VIRGEN … Aspecto | Límpido y brillante. Característico de los aceites refinados”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

Texto oficial completo

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ContextoHallazgo en documentos

Color contradictorio en fichas de pimiento morrón

Documento del 17 dic 2024 · hace 1 año

Las fichas identifican pimiento rojo y verde, pero ambas admiten en la descripción de color rojo, amarillo, naranja y verde. La discordancia puede dificultar la determinación objetiva de qué producto satisface la especificación y la verificación de las entregas.

“PRODUCTO: PIMIENTO MORRON ROJO … Color | Rojo, amarillo, naranja y verde”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a , el asistente legal con IA de República Dominicana.

Otros documentos del proceso (19)

  • 8-DIRECTORIO CAIPI ACTULIZADO.xlsxDocumento · 17 dic de 2024
  • 7-DIRE~1.XLSDocumento · 17 dic de 2024
  • INAIPI~1.PDFDocumento · 17 dic de 2024
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  • COMPRO~1.DOCDocumento · 17 dic de 2024
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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