El acta CCC-03-2024, fechada el 12 de diciembre de 2024, adjudica cinco ítems de la compra de licencias informáticas y antivirus a cinco empresas, por un total de RD$12,466,912.00. Adjudica los ítems 1 a FL Betances; 2, 7 y 8 a GEDESCO; 5 y 6 a Cecomsa; 9 a Grupo Tecnológico Adexsus; y 3 y 4 a Solvex Dominicana. También registra cinco oferentes no habilitados; su texto, sin embargo, alude en otro pasaje a un único proponente, aunque el informe evalúa ofertas de varios proveedores.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta describe la evaluación y adjudicación como correspondientes al “único proponente”, pero el informe incluido en la misma acta enumera ofertas de diez proveedores. La contradicción merece verificarse porque afecta la fiabilidad del registro de la competencia; podría tratarse de un error de redacción, pero el documento no lo aclara.
“del único proponente que presentó ofertas para en el proceso de excepción por urgencia para la adquisición de licencias informáticas y antivirus, para uso de esta Dirección General de Pasaportes. ... Tras la evaluación definitiva se estable”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 15 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 15. Las actuaciones que se listan a continuación deberán formalizarse mediante un acto administrativo: 1) La convocatoria y determinación del procedimiento de selección; 2) La aprobación de los pliegos de condiciones; 3) La calicación de proponentes en los procesos en dos etapas en los aspectos de idoneidad, solvencia, capacidad y experiencia; 4) Los resultados de análisis y evaluación de propuestas económicas; 5) La adjudicación; 6) La resolución de dejar sin efecto o anular el proceso en alguna etapa del procedimiento o en su globalidad, así como de declarar desierto o fallido el proceso; 7) La aplicación de sanciones a los oferentes o contratistas; 8) Los resultados de los actos…
El acta está fechada el 12 de diciembre de 2024, mientras que el cronograma del pliego facilitado para el contraste fijaba el acto de adjudicación para el 17 de diciembre. Conviene verificar si se modificó y notificó el cronograma antes de adjudicar; el acta consigna la fecha de la decisión, pero no explica el cambio.
“En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los doce (12) días del mes de diciembre del año dos mil veinticuatro (2024).”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 9 · Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 9
ART. 9. Las compras y contrataciones públicas se regirán por las disposiciones de esta ley y su reglamentación, por las normas que se dicten en el marco de las mismas, así como por los pliegos de condiciones respectivos y por el contrato o la orden de compra o servicios según corresponda. PÁRRAFO I. En los casos de controversia se aplicarán para su resolución el orden de preferencia establecido en este artículo. PÁRRAFO II. Son fuentes supletorias de esta ley las normas del derecho público y, en ausencia de éstas, las normas del derecho privado.
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Cofaxcomp, EIRLEl acta indica que no presentó el formulario F:034 y que no cumplió las especificaciones técnicas; señala que no contaba con ID Partner.
No habilitado
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RD$9,111,000
Clickteck, SRLEl acta indica que no cumplió las especificaciones técnicas de los ítems ofertados y que no contaba con ID Partner.
No habilitado
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RD$9,595,649
Dynasoft, SRLEl acta indica que no fue evaluado por no presentar la garantía de seriedad de la oferta, calificada allí como no subsanable.
No habilitado
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RD$9,949,100
PWA, EIRLEl acta indica que no cumplió las especificaciones técnicas de los ítems ofertados.
No habilitado
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RD$10,414,320
Cecomsa, SRLHabilitado y adjudicado los ítems 5 y 6 por cumplir los requisitos indicados en el acta.
Adjudicado
Ítems 5 y 6
RD$8,827,686
Dipuglia PC Outlet Store, SRLEl acta indica que no cumplió las especificaciones técnicas de los ítems ofertados y que no contaba con ID Partner.
No habilitado
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RD$11,362,882
Solvex Dominicana, SRLHabilitado y adjudicado los ítems 3 y 4 por cumplir los requisitos indicados en el acta.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona