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Abriendo la ficha…

Pliego

7-PLIEGO DE CONDICIONES DE ALIMENTOS ZONA SUR.pdf

SUMINISTRO Y DISTRIBUCION DE ALIMENTOS PARA LOS CENTROS CAIPI Y CAFI DE LA ZONA SUR · Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia

Publicado el 17 dic de 202456 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso INAIPI-CCC-SI-2024-0017

Lo que dice

El pliego de diciembre de 2024 establece una subasta inversa electrónica para el suministro de alimentos en la zona sur, dividida en tres lotes: uno general, uno reservado a MIPYMES y uno a MIPYMES mujer. Fija precios estimados de RD$46,042,418.44, RD$46,030,166.51 y RD$46,030,166.51, respectivamente, y prevé adjudicar como máximo un lote por oferente. Incluye requisitos técnicos, financieros y logísticos, así como el cronograma y las condiciones contractuales.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentosRD$138.1 millones

Cifras de lotes frente al monto estimado del portal

Documento del 17 dic 2024 · hace 1 año

Los tres precios estimados del pliego suman RD$138,102,751.46, igual al monto presupuestado que el propio pliego indica para el PACC. El portal registra RD$46,042,418.44, que coincide solo con el precio del primer lote; debe conciliarse si el monto del portal representa únicamente ese lote o el proceso completo.

“LOTE 7. ALIMENTOS Y BEBIDAS Sur RD$46,042,418.44 General LOTE 8. ALIMENTOS Y BEBIDAS Sur RD$46,030,166.51 MIPYMES LOTE 9. ALIMENTOS Y BEBIDAS Sur RD$46,030,166.51 MIPYMES MUJER”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos

Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria

Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…

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A revisarHallazgo en documentos

Reglas incompatibles sobre subcontratación

Documento del 17 dic 2024 · hace 1 año

La evaluación técnica afirma que no se permiten subcontrataciones, pero las condiciones contractuales permiten subcontratar hasta el 50% con autorización previa. La contradicción afecta la forma de acreditar capacidad y la previsibilidad de las obligaciones de ejecución.

“Habitual: Que la actividad principal de la empresa sea al suministro y distribución de alimentos y bebidas, condición contraria a la realización de un acto de comercio ocasional para suplir requerimientos puntales. No se permite las subcont”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 32 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 32

ART. 32. Sin perjuicio de las facultades y obligaciones previstas en la legislación específica, en sus reglamentos, en los pliegos de condiciones o en la documentación contractual, el contratista tendrá: 1) El derecho a los ajustes correspondientes de las condiciones contractuales, cuando ocurrieren acontecimientos extraordinarios o imprevisibles, con relación a las condiciones existentes al momento de la presentación de propuestas, que devuelvan el equilibrio económico del contrato; 2) Ejecutar el contrato por sí, o mediante cesión o subcontratación hasta un cincuenta por ciento (50%) del monto del contrato, siempre que se obtenga la previa y expresa autorización de la administración, en…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

Requisitos geográficos frente a un alcance de entrega nacional

Documento del 17 dic 2024 · hace 1 año

El pliego identifica los lotes como de la zona sur y condiciona la participación a que el domicilio inscrito en el RPE y el almacén correspondan a la zona del lote, con validación mediante visita. Sin embargo, también dispone entregas a centros ubicados en todo el territorio nacional; la discordancia puede restringir la participación y deja incierto el alcance logístico que debe presupuestarse.

“El oferente debe presentar su propuesta por la TOTALIDAD de los ítems contenidos en los lotes en los participará. … Los insumos para adquirir en este proceso de Subasta Inversa deberán de ser distribuidos directamente a nuestros centros CAI”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

Identificación de lotes inconsistente dentro del pliego

Documento del 17 dic 2024 · hace 1 año

La tabla de precios denomina los lotes 7, 8 y 9, mientras que las tablas de cantidades, los precios estimados y las reglas de adjudicación los identifican como lotes 1, 2 y 3. La numeración discordante puede dificultar identificar a qué lote corresponde una oferta y aplicar el orden de adjudicación.

“LOTE 7. ALIMENTOS Y BEBIDAS Sur RD$46,042,418.44 General … LOTE 1. ALIMENTOS Y BEBIDAS ZONA SUR”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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A revisarHallazgo en documentos

Criterio de endeudamiento formulado de manera contradictoria

Documento del 17 dic 2024 · hace 1 año

El criterio fija un límite de endeudamiento menor que 1.50, pero las condiciones de cumplimiento y no cumplimiento invierten o mezclan los signos de comparación. Esto vuelve incierto el umbral financiero aplicable para habilitar o excluir oferentes.

“Límite establecido: Menor 1.50 Menor o igual que > 1.50 (Cumple) Mayor que < 1.50 (No cumple)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 81 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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Reglamento 416-23, artículo 81 — Metodología de evaluación

Artículo 81. Metodología de evaluación. Las ofertas podrán ser evaluadas bajo las siguientes metodologías: 1. Metodología cumple/no cumple, en la que se establecen criterios mínimos que deben ser acreditados por las ofertas técnicas o económicas presentadas. 2. Metodología de puntaje, en la que se establecen criterios mínimos y máximos a los que se les asigna una puntuación considerada como proporcional de acuerdo con el nivel alcanzado. En este tipo de metodología será necesario desglosar todas las puntuaciones que pueden ser asignadas a cada requisito exigido. 3. Metodología combinada, que consiste en la aplicación tanto del método cumple/no cumple como el puntaje para la evaluación de…

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Otros documentos del proceso (19)

  • 8-DIRECTORIO CAIPI ACTULIZADO.xlsxDocumento · 17 dic de 2024
  • Acta Adm de Aprobacion del Pliego.pdfPliego · 17 dic de 2024
  • Acta de Inicio y Designacion de P.pdfActa · 17 dic de 2024 · 1 señal
  • Compromiso etico.pdfDocumento · 17 dic de 2024
  • INAIPI~1.PDFSolicitud de compra · 17 dic de 2024 · 1 señal
  • 7-Directorio CAFI Actualizado AgostO.xlsxDocumento · 17 dic de 2024
  • COMPRO~1.DOCDocumento · 17 dic de 2024
  • contrato-ejecucion-de-bienes.docxContrato · 17 dic de 2024
  • CONTRA~1.DOCDocumento · 17 dic de 2024
  • SNCC_D038_Garantia_GFC.docxDocumento · 17 dic de 2024
  • SNCC_D~2.DOCDocumento · 17 dic de 2024
  • SN46AA~1.DOCDocumento · 17 dic de 2024

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
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  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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SNCC_F033_Of_Economica.docxDocumento · 17 dic de 2024
  • SNCC_F~2.DOCDocumento · 17 dic de 2024
  • SNCC_F~3.DOCDocumento · 17 dic de 2024
  • SNCC_F~4.DOCDocumento · 17 dic de 2024
  • INAIPI~3.PDFPliego · 17 dic de 2024
  • 1ra Circular de Enmienda SI-17.pdfEnmienda · 27 dic de 2024 · 3 señales
  • 1-Acta de Cancelacion INAIPI-CCC-SI-2024-0017.pdfActa · 9 ene de 2025