Se reprograman plazos ya vencidos al aprobarse la enmienda
· hace 1 año
El acta está fechada el 6 de diciembre, pero modifica la fecha límite para notificar errores, que había vencido el 2 de diciembre, y el período de subsanaciones, vencido el 5 de diciembre. Al fijar nuevas fechas para esas etapas ya expiradas, corresponde verificar en el expediente cuándo se notificaron y tramitaron las subsanaciones y que los oferentes recibieran un trato igual.
“a los seis (6) días del mes de diciembre del año dos mil veinticuatro (2024) ... 8. Notificación de Errores u Omisiones de Naturaleza Subsanable | Hasta el 2 de diciembre del año 2024 ... 8. Notificación de Errores u Omisiones de Naturaleza”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →