miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

Pliego Movimiento de tierra proyecto Fotovoltaico Sabaneta.pdf

Contratación de una Empresa Constructora para la Ejecución del Movimiento de Tierra Proyecto Parque Solar Fotovoltaico Sabaneta. Provincia de San Juan. R.D · Empresa de Generación Hidroélectrica Dominicana

Publicado el 18 oct de 202434 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso EGEHID-CCC-CP-2024-0047

Lo que dice

El pliego establece las condiciones de una comparación de precios para contratar la ejecución del movimiento de tierra del Parque Solar Fotovoltaico Sabaneta, con un valor referencial de RD$80,417,096.43. Fija cuatro meses para ejecutar la obra y señala como fecha de recepción de ofertas el 5 de noviembre de 2024; también define requisitos de solvencia, equipos y personal, y una evaluación técnica y económica ponderada.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentos

Perfiles profesionales con experiencia específica ajena a la obra descrita

Documento del 18 oct 2024 · hace 1 año

Para una obra cuyo objeto es movimiento de tierra, el pliego puntúa experiencia del director en proyectos fotovoltaicos y exige para el agrimensor experiencia en infraestructura de hormigón armado. Esas condiciones pueden reducir la competencia si no se acredita su relación con las tareas requeridas.

“Con experiencia dirigiendo proyectos fotovoltaicos similares de al menos 5 años. Agrimensor Grado Certificado agrimensura. Con experiencia de al menos 5 años en construcción de infraestructuras de Hormigón Armado”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Dos líneas de crédito por separado como requisito de participación

Documento del 18 oct 2024 · hace 1 año

Para personas jurídicas y consorcios se exigen una línea bancaria y otra de un centro comercial ferretero o de construcción, cada una por el 25 % del monto preventivo. Respecto del valor referencial, cada requisito equivale aproximadamente a RD$20.1 millones; la doble exigencia puede restringir la participación y merece revisión de proporcionalidad frente al objeto.

“Línea de Crédito Bancaria mayor o igual al 25% (veinticinco por ciento) del monto preventivo del proyecto, establecido por la EGEHID para Consorcio y persona Jurídica… Línea de crédito de un Centro Comercial Ferretero y/o Construcción igual”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

Puntaje decreciente para más certificaciones de experiencia

Documento del 18 oct 2024 · hace 1 año

La escala otorga 3 puntos a cinco o más certificaciones y 3.5 puntos a exactamente cuatro. Esa inversión puede alterar la comparación técnica y el orden de ofertas; conviene verificar cómo se aplicaría el criterio al evaluar.

“• 5 o más certificaciones: 3 puntos • De 4 certificaciones: 3.5 puntos”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 81 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 81 — Metodología de evaluación

Artículo 81. Metodología de evaluación. Las ofertas podrán ser evaluadas bajo las siguientes metodologías: 1. Metodología cumple/no cumple, en la que se establecen criterios mínimos que deben ser acreditados por las ofertas técnicas o económicas presentadas. 2. Metodología de puntaje, en la que se establecen criterios mínimos y máximos a los que se les asigna una puntuación considerada como proporcional de acuerdo con el nivel alcanzado. En este tipo de metodología será necesario desglosar todas las puntuaciones que pueden ser asignadas a cada requisito exigido. 3. Metodología combinada, que consiste en la aplicación tanto del método cumple/no cumple como el puntaje para la evaluación de…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a , el asistente legal con IA de República Dominicana.

Otros documentos del proceso (18)

  • ACTADE~1.PDFActa · 27 sept de 2024
  • 02_Obras Civil MT FV Sabaneta (2).rarPliego · 27 sept de 2024
  • Especificaiones.zipPliego · 27 sept de 2024
  • REV. 3 LISTA DE CANTIDADES MOV. TIERRA FV SABANETA 19.8.24.xlsPliego · 27 sept de 2024
  • ACTADE~1.PDFPliego · 27 sept de 2024
  • Formularios (7).docxDocumento · 27 sept de 2024
  • Solicitud de Compra.pdfSolicitud de compra · 18 oct de 2024
  • ENMINE~1.PDFDocumento · 30 oct de 2024
  • Repuestas a Preguntas.rarDocumento · 5 nov de 2024
  • REV4LI~1.XLSDocumento · 5 nov de 2024
  • Repuestas 1 Preguntas.rarDocumento · 7 nov de 2024
  • REV5LI~1.XLSDocumento · 7 nov de 2024

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
ChatLeyes
Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →
Ver todos los detalles →
ENMINE~2.PDFDocumento · 7 nov de 2024
  • Enmineda No.3 Cp-2024-0047 Modifiacación al Cronograma.pdfEnmienda · 26 nov de 2024 · 1 señal
  • Enmineda No.4 CP-2024-0047 Modificacion al Cronograma.pdfEnmienda · 12 dic de 2024 · 1 señal
  • Enmienda No. 5 Modifiacion al cronograma cp-2024-0047.pdfEnmienda · 24 ene de 2025
  • Enmienda No. 6 Modificacion al cronogram cp-2024-0047.pdfEnmienda · 24 ene de 2025
  • Acta de cancelación CP-2024-0047.pdfActa · 29 may de 2025 · 1 señal