La resolución mezcla proveedor único y comparación de precios
· hace 1 año
El encabezado presenta el procedimiento como una excepción directa por proveedor único, pero el punto resolutivo primero autoriza comparación de precios. La discordancia deja incierta la modalidad que aprobó el Comité y puede afectar la convocatoria y las condiciones de competencia; el propio documento también atribuye al artículo 100 una regla para proveedor único, aunque ese artículo del Reglamento regula la convocatoria de comparación de precios.
“El Comité de Compras y Contrataciones del Ayuntamiento Municipal de San Francisco de Macorís, autoriza el uso del Procedimiento de Excepción Directo Proveedor Único, aprueba el Pliego de Condiciones para la Compra de Servicios… … PRIMERO: A”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 42 · Reglamento 416-23, art. 50 · Reglamento 416-23, art. 57 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 42 — De la comparación de precios
Artículo 42. De la comparación de precios. Este procedimiento se utilizará para la adquisición de bienes comunes con especificaciones estándar, contratación de servicios y obras menores. Párrafo. En el caso de que el presupuesto estimado de las obras a contratar se encuentre dentro del umbral fijado para compra menor o compra por debajo del umbral mínimo, deberá utilizarse el procedimiento por comparación de precios.
Reglamento 416-23, artículo 50 — Excepciones por selección directa
Artículo 50. Excepciones por selección directa. La contratación por selección directa es el procedimiento objetivo que se adjudica sin previamente realizar un llamado público y abierto para competición entre otros oferentes. La institución contratante deberá justificar mediante acto administrativo debidamente motivado, los elementos objetivos que sustentan la selección de esa persona natural o jurídica, es decir, las razones por las que se considera que la propuesta o la persona seleccionada es la más idónea para ejecutar el contrato. Los procedimientos de excepción por selección directa son: 1. Proveedor único. 2. Realización o adquisición de obras científicas, técnicas y artistas o…
Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único
Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…
Esta relación con la ley es posible gracias a , el asistente legal con IA de República Dominicana.