La solicitud núm. INABIE/DIA/2024/No. 277, fechada el 6 de diciembre de 2024, pide adquirir resmas de papel para el INABIE, con participación exclusiva de MIPYMES, y señala que la compra estaba planificada. Desglosa cuatro ítems por un total estimado de RD$5,826,000.00.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (7 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La solicitud es para resmas de papel y, según los datos del portal, hubo otra compra de resmas del INABIE convocada el 2024-11-15 por RD$1,126,900, menos de tres meses antes. Juntas suman RD$6,952,900; la proximidad y el objeto común ameritan verificar si correspondían a necesidades independientes, aunque este proceso se convocó mediante una modalidad más abierta que la compra menor anterior.
“Objeto de la compra:"Adquisición de resmas de papel para usodel INABIE, dirigido exclusivamente a la participación de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES)". Planificada: sí”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 87 · Ley 340-06, art. 10 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 87 — Fraccionamiento
Artículo 87. Fraccionamiento. Se presumirá que existe fraccionamiento, cuando en un lapso menor de tres (3) meses, contados a partir del primer día de la convocatoria, se realice otra convocatoria dentro del mismo año presupuestario para la compra o contratación de bienes, servicios u obras pertenecientes a un mismo rubro-clase. Párrafo. No existirá fraccionamiento: 1. En aquellos procedimientos donde se divida la contratación por etapas posibles, o cuando la convocatoria se regionalice para que participen personas domiciliadas en la región, provincia o municipio, para propiciar la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) y la contratación de pequeños productores.…
ART. 10. La autoridad administrativa con capacidad de decisión en un organismo público no permitirá el fraccionamiento de las compras o contrataciones de bienes, obras o servicios, cuando éstas tengan por objeto eludir los procedimientos de selección previstos en esta ley para optar por otros de menor cuantía. PÁRRAFO. Las compras y contrataciones públicas comprendidas en esta ley se desarrollarán en todas sus etapas en un contexto de transparencia que se basará en la publicidad y difusión de las actuaciones derivadas de la aplicación de esta ley, la utilización de la tecnología informática que permita aumentar la eficiencia de los procesos y facilitar el acceso de la sociedad a la…
La solicitud consigna el ítem 1 en cajas, mientras que el portal registra 1,500 resmas para ese ítem. Aunque el portal también incluye “Cajas” en la descripción y podría tratarse de una denominación de empaque, conviene confirmar la unidad efectiva para comparar precios y verificar la entrega.
“Unidad de Medida Cantidad Solicitada Precio Unitario Estimado Monto total 1 2.3.3.1.01 Papel bond 8 Yixll, color bianco. Caías 1,500”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona